Mezclar política, minería y áreas protegidas

En el mes de noviembre del pasado año 2015, el Ministerio de Energía y Minas rechazó una solicitud de concesión de explotación minera presentada por la empresa Cementos Santo Domingo para explotar piedra caliza en un área de 60 kilómetros cuadrados

En el mes de noviembre del pasado año 2015, el Ministerio de Energía y Minas rechazó una solicitud de concesión de explotación minera presentada por la empresa Cementos Santo Domingo para explotar piedra caliza en un área de 60 kilómetros cuadrados en las proximidades de la comunidad de Hatillo, Azua, fruto de que el 92% del área solicitada está dentro del parque nacional Francisco Alberto Caamaño, y la Ley de Áreas Protegidas 202-04 no permite explotaciones mineras dentro de los parques nacionales.

De inmediato el candidato presidencial del Partido Revolucionario Moderno (PRM), quien es el propietario de la empresa cementera, organizó una rueda de prensa para comunicar al país que la negativa constituía una retaliación política por su condición de candidato presidencial opositor, y mostró documentos que en su opinión constituían un aval para explotar la piedra caliza requerida para producir cemento Portland, lo que motivó que importantes medios de prensa que estuvieron presentes en esa rueda de prensa se dirigieran hacia nuestras oficinas para consultarnos al respecto, y así conocer si el Ministerio de Energía y Minas había actuado conforme a las leyes ambientales y a las leyes mineras, o si realmente había alguna sombra de retaliación política.

Ante las preguntas de los medios de comunicación que llegaron simultáneamente a nuestras oficinas, y con la objetividad que siempre nos caracteriza, respondimos que esos rechazos son frecuentes y son normales, y que nunca obedecen a razones políticas, sino a razones estrictamente ambientales, y que en este caso el Ministerio de Energía y Minas había actuado con apego a la Ley de Áreas Protegidas, porque el objetivo de las áreas protegidas es evitar que dentro de sus límites se ejecuten actividades humanas que pongan en peligro la flora, las aguas, la fauna y los suelos, y que la empresa cementera sólo tenía una concesión para exploración minera.
Sin embargo, esas declaraciones, apegadas estrictamente a los textos de la Ley Minera 146-71, de la Ley Ambiental 64-00, y de la Ley de Áreas Protegidas 202-04, no fueron bien recibidas en la cúpula del PRM por entender que no favorecían lo previamente dicho por el candidato de ese partido, ni favorecían lo dicho por otros dirigentes de ese partido, lo que motivó una nueva rueda de prensa donde los ejecutivos y los abogados de la empresa anunciaron que acudirían a los tribunales para hacer valer sus derechos mineros y empresariales.

Respondimos a través de un artículo publicado en este diario elCaribe que “al parecer sus consejeros no le han dicho que la Ley Minera 146-71 es muy clara en cuanto a que nadie tiene derecho a explotar minerales, metálicos o no metálicos, sin tener una concesión de explotación minera, la cual, conforme a la misma Ley, debe ser firmada por el Presidente de la República, ni le han dicho que haber tenido una concesión de exploración minera no obliga al Estado a otorgar una concesión de explotación, y mucho menos cuando la extensa zona solicitada en explotación se solapa con un parque nacional”, y añadimos que “insistir en que se otorgue una concesión de explotación minera sobre un parque nacional es insistir en que se violen la Ley Minera 146-71, la Ley Ambiental 64-00, y la Ley de Áreas Protegidas 202-04, lo cual no conviene a ningún político.”; mientras que en una entrevista publicada por elCaribe en fecha 01 de diciembre de 2015 respondimos que ”una acción judicial de parte de los propietarios de la empresa sería fallida, ya que los tribunales de la República necesariamente emitirían un veredicto favoreciendo la protección del medio ambiente”.

Pero, en un franco desafío a las leyes ambientales nacionales, y en un claro ejercicio de rigidez propia de quienes se niegan a aceptar las leyes cuando no les favorecen, los abogados y los ejecutivos de Cementos Santo Domingo siguieron adelante con su decisión de querer hacer valer derechos mineros que en realidad nunca han tenido sobre esa área protegida, e interpusieron un Recurso de Amparo ante el Tribunal Superior Administrativo, Recurso que fue rechazado (como lo habíamos anticipado a la prensa en base al respeto a las leyes ambientales y mineras vigentes), y su rechazo dado a conocer este 5 de abril de 2016, con el cual los abogados y los ejecutivos de la empresa cementera ahora entenderán que las leyes ambientales deben ser aplicadas a todos por igual, sin distinguir si el solicitante de una concesión de explotación minera dentro de un área protegida es un candidato presidencial, o un empresario, o ambas cosas a la vez, porque cuando se trate de áreas protegidas no hay excepciones, y menos si deliberadamente se quiere mezclar la política con la minería para dañar el medio ambiente en un área ya protegida

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