Obligación de los médicos

En los contratos de servicios médicos, como los que resultan de la relación médico-paciente, los primeros tienen frente a ellos obligaciones, las cuales pueden ser de resultados o de medios. En este contexto, cuando se suscitan demandas contra…

En los contratos de servicios médicos, como los que resultan de la relación médico-paciente, los primeros tienen frente a ellos obligaciones, las cuales pueden ser de resultados o de medios. En este contexto, cuando se suscitan demandas contra los galenos es importante saber cuál es el tipo de obligación que se ha estipulado en el contrato.

En contexto, cuando hablamos de una obligación de resultados, los médicos están comprometidos a poner en beneficio del paciente todos sus conocimientos y experiencia a fin de garantizar que al final el compromiso asumido por el médico (deudor), sea el que el paciente ha contratado y espera (acreedor). La Suprema Corte de Justicia se ha pronunciado sobre la obligación de resultados que pesa sobre los médicos y en la sentencia No. 32 de fecha 6 de mayo del año 2015, ha pronunciado lo siguiente:“Considerando, que aunque tradicionalmente la doctrina y la jurisprudencia nacional habían defendido la postura de que las obligaciones que asumen los médicos y las instituciones públicas y privadas que prestan servicios de salud son esencialmente obligaciones de medios, se trata de una concepción simplista e insuficiente para caracterizar íntegramente la naturaleza de las obligaciones asumidas en los contratos de prestación de servicios de salud.. si el deudor está en la capacidad o debe estar en la capacidad de obtener siempre el beneficio perseguido por el acreedor, en el orden normal de las cosas y salvo la intervención de una causa extraña, es preciso reconocer que se trata de una obligación de resultados”; que, en consecuencia, resulta obvio que contrario a lo que alega la recurrente, en un contrato de prestación de servicios médicos, como lo son los contratos de hospitalización, los profesionales de la salud asumen diversas obligaciones frente a los pacientes pudiendo ser algunas de medios y otras de resultados”.

Luego de lo expresado por la SCJ, colegimos que en la relación médico paciente, la obligación puede ser de medios y de resultados, en el caso de una cirugía estética, es evidente que el médico está obligado a garantizarle al paciente los resultados esperados por éste y los cuales están estipulados en el contrato. En consecuencia, en una obligación de resultados el galeno está compelido a garantizar el resultado esperado y al cual se ha comprometido.

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