Plazo para acogerse a la amnistía por oficina vence hoy

Hoy vence el plazo para que los contribuyentes que tienen alguna cuenta pendiente en materia impositiva, se acojan por la vía ordinaria a la Amnistía Fiscal aprobada por la ley que la creó, la 309-12.

Hoy vence el plazo para que los contribuyentes que tienen alguna cuenta pendiente en materia impositiva, se acojan por la vía ordinaria a la Amnistía Fiscal aprobada por la ley que la creó, la 309-12.El domingo termina el plazo para los que deseen acogerse vía Internet. Hasta ayer han solicitado acogerse al “perdón remunerado” de deudas fiscales,  un total de 16,602 contribuyentes, incluyendo unos 150 de los clasificados en la categoría “grandes”.

El registro de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) es de 600 grandes contribuyentes. Por tanto, un 25% había pedido acogerse a la amnistía.Del universo que había solicitado acogerse a la amnistía en víspera del cierre del plazo, un 63.55 por ciento lo hizo vía las oficinas de la DGII y el  restante 36.45 por ciento utilizó la oficina virtual de la oficina recaudadora, mecanismo que estará vigente durante dos días después del cierre a través del método presencial en las oficinas de Impuestos Internos.

También grandes

Según fuentes del Ministerio de Hacienda, entre los contribuyentes que han solicitado acogerse a la amnistía hay que no tienen deudas pendientes con el fisco, pero que lo hacen como forma de “comprar” no revisión para los períodos anteriores. La normativa impositiva vigente establece que las declaraciones juradas de impuestos pueden ser revisadas hasta tres años hacia atrás, en caso de haberse hecho la presentación, y de cinco para los que no hayan sido presentados.Como complemento a la reforma tributaria reciente, el Gobierno presentó un proyecto de amnistía fiscal, el cual fue aprobado y convertido en la Ley 309-12. Esta amnistía es la tercera que se aprueba en el país en los últimos 11 años, y la de mayor plazo para acogerse. Las otras dos anteriores fueron aprobadas durante los años 2001 y 2007, y concedían plazos de 45 días para que los interesados pudieran acogerse a las mismas. La amnistía de ahora dio un plazo de 60 días, que es un 25% más que el dado por las precedentes.

Ante la queja de contribuyentes y asesores tributarios de que el tiempo es poco, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ha respondido haciendo la comparación con las dos amnistías anteriores. Otra queja dice que la de ahora es muy cara, y la explicación es que el llamado coeficiente de tributación utilizado para calcular los pagos es ahora en base a una tasa de un 29% y los anteriores se basaron en un 25%. La DGII anunció facilidades para todos los contribuyentes interesados en acogerse a la Ley de Amnistía Tributaria.

Amnistía incluyó todos los impuestos internos

La Amnistía Tributaria abarca los impuestos sobre la Renta (ISR), ITBIS, el de Sucesiones, a la Propiedad Inmobiliaria, a la Transferencias, sobre los Activos Aplicados a la Propiedad Inmobiliaria. También los intereses, recargos y multas relativos a la importación de mercancías. La Ley 309-12 estableció un plazo de 60 días para presentar la intención de acogerse a la amnistía, solicitud que se debe depositar en la administración local a la que corresponda el contribuyente.

Posted in Sin categoría

Más de

Más leídas de

Las Más leídas