De principios y reglas, vencer y convencer

Nuestra vida práctica está regida por una infinidad de normas. Desde las normas sociales que nos indican cómo debemos comportarnos, por ejemplo en la mesa de un restaurante, hasta las normas jurídicas que regulan gran parte de nuestras relaciones&#823

Nuestra vida práctica está regida por una infinidad de normas. Desde las normas sociales que nos indican cómo debemos comportarnos, por ejemplo en la mesa de un restaurante, hasta las normas jurídicas que regulan gran parte de nuestras relaciones civiles y de otra índole, hasta el derecho internacional, que regula las relaciones entre los Estados.

En la teoría del Derecho de la segunda post-guerra es usual encontrar diversas calificaciones de las normas jurídicas, en especial la que da cuenta de que se dividen en principios y reglas.  Los principios son los mandatos generales, abstractos y abiertos, que se cumplen en la medida de sus posibilidades fácticas y jurídicas (Alexy). Y las reglas, en cambio, son mandatos específicos, cerrados, que se cumplen o no. De un principio pueden derivarse varias reglas y ninguna de ellas agota el principio.

Un principio es, por ejemplo, el de que toda persona tiene el derecho de defenderse de una acusación. Una regla derivada de ese principio es que ningún imputado puede ser interrogado sin la presencia de su abogado defensor.

Ahora bien, es frecuente que en la vida diaria, al tomar alguna decisión, colisionen reglas y principios.  Una ley, por ejemplo, puede establecer que algo debe hacerse de una forma determinada. Pero esa solución propuesta por esa ley o regla puede entrar en contradicción con algún principio.

Cuando se enfrentan una regla y un principio, este prevalece a la regla, pero solo prima facie.  Para que ello realmente se produzca, debe realizarse una ponderación entre el principio que es lesionado por la regla y el principio que subyace a la regla (Atienza).  Claro que, la ponderación de principios tiene que realizarse a la luz del caso concreto. Es el hecho o la situación que se debate, el que va a indicar cuál de los principios en conflicto prevalece y cuál cede.

Muy a menudo, incluso en la práctica jurisdiccional, se  prescinde del uso de una regla para aplicar un principio, sin que se ofrezcan argumentos del por qué el principio que se invoca derrota a la regla o se impone, vistos los hechos, al principio que subyace a la regla.

Un principio puede ser invocado para derrotar una regla o para no aplicar lo que dice una ley. Pero, por ejemplo, si un derecho fundamental está tutelado por una regla,  racionalmente no basta con invocar un principio para derrotar esa regla y lesionar ese derecho.  El juicio de ponderación debe realizarse de manera racional y exhaustiva, para no lesionar en forma innecesaria ese derecho, pues, cuando en materia de reglas y principios, el supuesto sobre el que se opera es un derecho fundamental, no se trata tanto de vencer, de imponerse o ejercer autoridad,  sino de convencer.

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