Productos nuevos en ITBIS son de consumo masivo

Cuando entre en aplicación la Ley 253-12 para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado, disfrutar el sabor de un yogurt, una taza de café o el aceite de maíz costará más dinero que ahora.

Cuando entre en aplicación la Ley 253-12 para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado, disfrutar el sabor de un yogurt, una taza de café o el aceite de maíz costará más dinero que ahora.Esos son tres de los productos que a partir de 2013 tendrán cargado un 8% de Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), lo que indica que por cada cien pesos que la gente consuma de ellos, posteriormente tendrá que buscar ocho pesos de diferencia para adquirirlos.

Otros productos en los que los consumidores pagarán más dinero son los cigarrillos, pues para estos se contempla un impuesto selectivo al consumo de 40 pesos, para las cajetillas de 20 unidades y de 20 pesos para las de diez unidades. Actualmente, una caja de 20 unidades, sin el citado impuesto, se cotiza entre 120 y 150 pesos; de 10 unidades, la mitad de ese número, según la denominación o marca.

En detalle, de los productos que normalmente la gente busca en los establecimientos comerciales, la recién promulgada Ley 253 ha incluido para ser gravados los siguientes: los yogurts, mantequilla, café, (incluso el tostado o descafeinado), grasas animales o vegetales, aceite de soya y sus fracciones (incluso refinado, pero sin modificar químicamente), aceite de cacahuate y sus fracciones (maní), pero sin modificar químicamente; aceite de palma y sus fracciones, aceite de girasol, de cártamo o de algodón y sus fracciones, aceite de coco (copra), de almendra de palma o de babasú y aceite de maíz en bruto.

ambién, la margarina, con exclusión de la margarina líquida, el azúcar de caña en bruto y el cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante y los bloques, tabletas o barras de cacao sin rellenar. A esos productos se les cargará una tasa impositiva de 8% en 2013, un 11% en el 2014, un 13% en 2015 y un 16% para 2016, algo así como incrementos escalonados.

Realidad en bolsillos

María Encarnación es una ama de casa con la que elCaribe conversó ayer en un supermercado de la avenida Winston Churchill, de la capital. María desconocía al momento de la conversación que un galón de yogurt que adquirió para su familia costará 22 pesos más, una vez se cargue el impuesto a ese producto. Cuando María sume 8% a los 275 pesos que cuesta el yogurt que adquirió el resultado será de RD$297.

Una libra de café, que en lo adelante figurará entre los bienes gravados, se cotizaba ayer a razón de 155 pesos. Si para 2013 se le suman 8 pesos por cada cien de su valor, en caso de que el precio base fuera el mismo, entonces el costo total sería RD$167.40. El 8% de 155 pesos son 12 pesos con 40 centavos.

Desde el lado del Gobierno se ha insistido en que la reforma fiscal será favorable para República Dominicana. Uno de los recientes pronunciamientos sobre el tema lo hizo el ministro administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta. El funcionario dijo el pasado domingo en Puerto Plata que “la reforma promulgada por el presidente Danilo Medina será positiva para el país, porque dinamizará la economía, permitirá la persecución de la evasión impositiva y endurecerá las penas contra los evasores”.

Declaró además que con la nueva ley el Gobierno cumplirá con la asignación del 4% del producto interno bruto para la educación y dará salud de mejor calidad. l 

Gasolinas, gasoil y otros están incluidos en ley

La Ley 253-12 modificó el artículo 1 de Ley 112-00 de Hidrocarburos, y estableció un impuesto al consumo de combustibles fósiles y derivados del petróleo, despachados a través de la Refinería Dominicana de Petróleo u otra empresa o importado al país directamente por cualquier persona física, jurídica o entidad para consumo propio o para la venta total o parcial a otros consumidores.

El impuesto será fijado en pesos dominicanos por cada galón americano de combustible de la siguiente manera: La gasolina premium pagará RD$64.35, la regular RD$56.93, el kerosene RD$16.51 y el avtur para turbinas de aviones pagará RD$5.81.

En el caso del gasoil premium, el impuesto colocado en la ley de reforma tributaria es de RD$29.89 por galón, para el gasoil tipo regular RD$23.92 y para el fuel oil el monto fijado es de RD$16.51. El gas licuado de petróleo y el natural quedaron exentos.

La reforma fiscal fue aprobada por la Cámara de Diputados el pasado día 8, el Senado había aprobado la pieza días antes (el 2 de noviembre). El presidente Danilo Medina promulgó la ley el sábado 10.

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