Rechazan recurso de la ACIS

El Tribunal Superior Administrativo rechazó el recurso de amparo interpuesto por la Asociación de Comerciantes e Industriales de Santiago (ACIS), contra la resolución No. 264-08, del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), sobre el salario mínimo

El Tribunal Superior Administrativo rechazó el recurso de amparo interpuesto por la Asociación de Comerciantes e Industriales de Santiago (ACIS), contra la resolución No. 264-08, del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), sobre el salario mínimo cotizable en el sistema de la Seguridad Social.

La resolución del CNSS establece que todos los empleadores y trabajadores deben cotizar por el salario mínimo del sector productivo al que pertenecen, en apego a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 87-01.

El tribunal reconoció las funciones del CNSS, como órgano superior del Sistema de la Seguridad Social, el cual tiene como función la dirección y conducción del mismo, y como tal responsable de establecer las políticas, regular el funcionamiento del Sistema y sus instituciones.

El gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto, dijo que esta sentencia confirma que el Consejo Nacional de Seguridad Social  ha actuado con prudencia y apegado a la ley.

“Es una sentencia que sirve para reforzar el papel que desempeña el CNSS, y  como gerente del mismo creo que es un motivo de satisfacción que la justicia fortalezca nuestras decisiones y resoluciones”, resaltó. La sentencia señala que ACIS hizo una interpretación errónea de la indicada resolución, porque no importa la manera en que se le pague al trabajador, sino que el salario que perciba no sea menos que el salario mínimo del sector en el cual labora.

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