El Tribunal Constitucional ordenó a la Dirección General de Aduanas la devolución de una motocicleta al señor Jorge Alberto Hernández Gómez. Esto, después de que Hernández haya pagado los impuestos establecidos por ley. La moto fue retenida por la institución en 2006, pero en su sentencia TC/257/2013 la alta corte establece también que mientras se mantenga la violación al derecho fundamental, el plazo para someter la acción procurando que cese la violación se renueva.
Conforme a la documentación depositada en el expediente, Fernández Gómez interpuso una acción de amparo contra la Dirección General de Aduanas (DGA), con la finalidad de que le devolvieran su motocicleta, marca Harley Davidson, color gris, chasis número 1HD1HAZ193K847282, alegando violación al derecho fundamental de la propiedad.
Dicha acción fue acogida mediante la Sentencia número 083-2012, emitida por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo en 2012.
Ante la inconformidad con la referida sentencia, la Dirección General de Aduanas (DGA) interpuso el presente recurso de revisión constitucional en materia de amparo, con el cual persigue la anulación de tal decisión, alegando violación al debido proceso.
La DGA alegaba que la acción estaba fuera de plazo.