Recurso sometió PLD al TSA lo conocería TC

El magistrado José Ángel Aquino dijo ayer que el recurso sometido por el PLD al Tribunal Superior Administrativo (TSA) y que reclama la nulidad de una resolución de la JCE, al final será resuelto por el Tribunal Constitucional (TC).

El magistrado José Ángel Aquino dijo ayer que el recurso sometido por el PLD al Tribunal Superior Administrativo (TSA) y que reclama la nulidad de una resolución de la JCE, al final será resuelto por el Tribunal Constitucional (TC).El miembro titular de la Junta Central Electoral (JCE) afirmó que sería la primera vez que un acto de naturaleza electoral se impugna ante el Tribunal Superior Administrativo, al referirse al recurso sometido por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) a esa jurisdicción, que busca suspender la resolución número 06/2015, que establece la distribución de diputados del Distrito Nacional y las provincias del país en las elecciones del 15 de mayo del 2016.

Consideró que el recurso, que busca anular la resolución emitida el cinco de julio pasado, sería interpretar que los temas electorales pueden ser objeto de una acción de carácter administrativo.

“Normalmente se entiende que al Tribunal Superior Administrativo lo que puede ir son los actos de administración pública, por ejemplo, si la Junta hace una licitación o hace alguna adquisición de bienes muebles o inmuebles, eso sí puede impugnarse ante el Tribunal Superior Administrativo”, precisó Aquino al ser entrevistado en la sede de la JCE.

Sin embargo, dijo que comprende la inquietud de los partidos y que es un derecho que les asiste de buscar las vías que entiendan de lugar contra las decisiones de la JCE. Indicó que desde el 2013 en la JCE se planteó que eso debía resolverse con tiempo porque ya los partidos tienen “su carpintería electoral en curso”.

“El escenario natural, según ha dicho siempre la Suprema Corte de Justicia, para conocer de este tipo de recursos es la Junta Central Electoral”, explicó. Dijo que en todo caso el TC tiene la facultad para decidir cuando hay conflicto de competencia entre dos entes de la administración de justicia o de la administración pública, pero que hay que esperar qué dice el TSA.

Resolución es contraria a Ley 107-13 y Constitución

El PLD pide anular la resolución por considerar que es contraria a los artículos 4, 93, numeral 1, letra d; 112 y 197 de la Constitución de la República y al derecho fundamental de la buena administración, al procedimiento administrativo predeterminado por la ley y de los principios de racionalidad, coherencia y confianza administrativa consagrados en la Ley 107-13. 

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