Reglamento de Indotel divide la opinión de juristas

El reglamento aprobado por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) para la obtención y preservación de datos e informaciones ha generado posiciones encontradas.

El reglamento aprobado por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) para la obtención y preservación de datos e informaciones ha generado posiciones encontradas.Mientras el vicepresidente de la Fundación Prensa y Derecho, Román Jáquez, sostiene que es violatorio al derecho de la intimidad, el abogado Norberto Rondón entiende que es solo un registro y que, con el reglamento, no se autoriza a guardar el contenido de las conversaciones telefónicas.

“El reglamento es conforme con la Constitución, porque no se trata de que van a grabar conversaciones, no se trata de que van a obtener datos sin la autorización de un juez, lo que manda el reglamento es que las empresas prestadoras de servicios de telefonía fija o móvil tengan que mantener en sus archivos, qué número se comunicó con qué número, durante una determinada cantidad de tiempo”, explicó Rondón.

Entiende que la norma emanada de Indotel es “un instrumento vital en la lucha contra el crimen organizado, el narcotráfico, la trata de personas, inclusive para la localización de personas que puedan estar desaparecidas”. 

Viola la intimidad

De su lado, Jáquez sostiene que si bien es cierto que en el reglamento de Indotel no se autoriza el acceso al contenido de la comunicación, no menos cierto es que se ordena la relación de las llamadas, duración y continuidad, y eso es violar la intimidad.

“Esto perjudicará tus derechos a la libre comunicación con quien quieras”, manifestó.

Otro que se sumó a las voces contra el reglamento fue el presidente de la Comisión de Interior y Policía de la Cámara de Diputados, Elpidio Báez, al afirmar que  la resolución de Indotel no solo viola la Constitución sino la Convención Americana de los Derechos Humanos.

“Si nosotros votamos esta Constitución como legisladores constituyentes, nosotros tenemos que defender la constitucionalidad de las leyes en la República Dominicana y esa resolución viola las leyes”, precisó.

Sobre el reglamento

Con este reglamento, aprobado mediante la resolución 086-11, los proveedores de servicios tienen la obligación de conservar datos que sirvan para la identificación, por ejemplo, en una llamada telefónica, deben preservar el número de teléfono de llamada, el nombre y la dirección del usuario del servicio, cuando el número de destino sea dentro de la misma red.

El TC deberá decidir si anula el reglamento

La Fundación Prensa y Derecho y el Centro para la Libertad de Expresión de la República Dominicana depositaron un recurso de inconstitucionalidad contra la resolución 086-11 que aprueba el referido Reglamento, con el fin de anularlo. El recurso se fundamenta en violación al derecho de la intimidad, contenido en el artículo 44 de la Constitución y también invoca el derecho a la dignidad humana, libertad de expresión y tutela judicial efectiva.

Posted in Sin categoría

Más de

Más leídas de

Las Más leídas