Resolución busca evitar la elusión y evasión en la seguridad social

La Ministra de Trabajo informó que el CNSS aprobó una resolución dirigida a evitar la elusión y evasión a las cotizaciones de la seguridad social.

La Ministra de Trabajo informó que el CNSS aprobó una resolución dirigida a evitar la elusión y evasión a las cotizaciones de la seguridad social.

Con ello el CNSS trata de que a la hora de cotizar en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) los empleadores no puedan reportar a trabajadores con salarios por debajo del mínimo establecidos en cada sector productivo por el Comité Nacional de Salario.

La ministra Maritza Hernández dijo que el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) aprobó la resolución 380-02 a fin de buscar una solución que prevenga el desequilibrio financiero del Seguro Familiar de Salud, causa por la cual los empleadores eluden y evaden el pago a las cotizaciones del sistema Dominicano de Seguridad Social.

La resolución regula los salarios mínimos cotizables, basado en la escala salarial aprobada por el Comité Nacional de Salarios, y en ese sentido la Tesorería de la Seguridad Social creará una tabla de referencia de salarios mínimos por sector, de acuerdo con lo establecido por el Comité Nacional de Salarios.

Observó que la resolución 380-02 establece “como regla general que las cotizaciones de los empleadores, sean personas físicas o morales, deberán ser equivalentes, por lo menos en un 90% de su nómina, al salario mínimo mensual de su sector vigente al momento de cotización, de conformidad con la resolución del Comité Nacional de Salarios”, mientras que “el restante 10% contribuirá por lo menos con la proporción del salario mínimo equivalente a una semana de trabajo.”

La resolución establece a su vez una excepción a la regla para los empleadores de los sectores agrícolas, zonas francas y construcción, de la siguiente manera, precisando que “Los empleadores del Sector Agrícola podrán cotizar en por lo menos un 70% de su nómina, el equivalente al salario mínimo mensual de su sector vigente al momento de la cotización. El restante 30% contribuirá en función de la proporción del salario mínimo de una semana.”

Asimismo, señala que los empleadores del sector zonas francas podrán cotizar por lo menos en un 75% de su nómina, el equivalente al salario mínimo mensual de su sector vigente al momento de la cotización. El restante 25% contribuirá por lo menos con la proporción del salario mínimo equivalente a una semana de trabajo.

Mientras que los empleadores del sector construcción podrán cotizar por lo menos en un 30% de su nómina, al salario mínimo mensual de su sector vigente al momento de la cotización. El restante 70% contribuirá en función de la proporción del salario mínimo de una semana.

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