¿Retirarse a los 60?

La Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP) ha elaborado una propuesta de modificación de la Ley 87-01 de Seguridad Social que incluye, entre otras modificaciones, el establecimiento de la edad de 65 años como edad…

La Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP) ha elaborado una propuesta de modificación de la Ley 87-01 de Seguridad Social que incluye, entre otras modificaciones, el establecimiento de la edad de 65 años como edad legal para el retiro, siempre y cuando el trabajador haya acumulado un fondo que le permita recibir una pensión igual o superior a la pensión mínima establecida por la Ley 87-01.  La propuesta de la ADAFP deja abierta la posibilidad de que el trabajador pueda retirarse a los 60 años, si ha acumulado un fondo que le permita obtener una pensión que supere en un 50% la pensión mínima establecida por la Ley 87-01.

En  caso de que el trabajador haya cumplido los 65 años, pero no haya acumulado un fondo que le permita recibir la pensión mínima establecida por la Ley, éste tendría derecho a solicitar el beneficio del Fondo de Solidaridad Social, siempre que cumpla con el mínimo de cotizaciones establecido por la ley para ello. El afiliado con 65 años o más, cuyo fondo no sea suficiente para financiar una pensión igual o superior a la pensión mínima y que no cumpla con los requisitos para optar por el beneficio del Fondo de Solidaridad Social, podrá solicitar que se le entregue el saldo total de su cuenta  en un solo pago.

La propuesta de la ADAFP está alineada con la mayoría de las reformas introducidas a los sistemas de pensiones en el mundo desarrollado y en desarrollo.  El objetivo fundamental de un buen sistema de pensiones es garantizar al trabajador, cuando alcanza la edad de retiro, una pensión digna, entendiéndose por digna una pensión que represente un porcentaje razonable del último salario recibido por el trabajador. Mientras más alto sea ese porcentaje, denominado también como la tasa de reemplazo, mayor será la pensión que recibirá el trabajador cuando inicie su retiro.

La tasa de reemplazo está influenciada por el porcentaje de la cotización que se destina a la cuenta de capitalización individual; el número de cotizaciones realizadas durante la vida del trabajador; la trayectoria del salario del trabajador a través de su vida laboral; el salario de referencia utilizado, si es el promedio final, el promedio de los últimos 20 años o el promedio de toda la carrera laboral; la expectativa de vida a partir de la edad de retiro; y la rentabilidad neta (de comisiones cobradas por las AFP) del fondo de pensiones.

Muchas de las reformas de los sistemas de pensiones que han tenido lugar en los últimos veinte años han elevado la edad legal u oficial de retiro.  La razón fundamental es que a medida que el progreso ha elevado la esperanza de vida en los países desarrollados y en desarrollo, el número de años de retiro quedaría por encima del inicialmente previsto por los sistemas de pensiones.  En el caso de los sistemas de reparto, el efecto sería un aumento en el gasto previsional del Estado, mientras que en el caso de los sistemas de capitalización individual podría traducirse en una menor tasa de reemplazo.

La esperanza de vida a través de la historia ha venido aumentando. En los países desarrollados ha pasado de 66 años en los años 1950-1955, a 80 años en el 2012.  En Europa, por ejemplo, esto ha provocado que los sistemas de reparto exhiban déficit crecientes en la medida en que el Estado termina asumiendo el pago a los pensionados durante períodos que en muchos casos superan los 20 años.  Por eso Islandia y Noruega, por ejemplo, elevaron la edad de retiro a 67 años, que frente a una esperanza de vida de 84.2 y 83.2 años para los hombres, arrojan 17.2 y 16.2 años de retiro, respectivamente.

El otro factor que ha motivado esas reformas ha sido el descenso en la tasa de crecimiento de la población y su consecuente envejecimiento.  Mientas en 1950, por cada pensionado había 8 personas trabajando y contribuyendo al sistema de pensiones de reparto, para el 2050 se proyecta que sólo estarán trabajando y contribuyendo 2 personas.

La esperanza de vida ha subido también en la América Latina. Costa Rica, Chile y Cuba, con 79 años, encabezan la región.  En 1980, la esperanza de vida en República Dominicana era de 63 años; actualmente es de 73, proyectándose que alcanzará los 76 años cuando el sistema dominicano de pensiones haya cumplido sus primeros 30 años.

¿Es descabellada la propuesta de la ADAFP de elevar la edad de retiro a 65 años? Esa es la edad predominante de retiro en el mundo.  En América Latina encontramos los 65 años como edad oficial de retiro en México, Perú, Costa Rica, Chile, Argentina, Brasil, Paraguay y Cuba. En el caso de República Dominicana la edad  oficial de retiro es de 60 años. No nos vamos a empobrecer si se eleva a 65 años.  Todo lo contrario.  Con ello le aseguraríamos a nuestros trabajadores una pensión más elevada cuando alcancen la edad de retiro. Y ese debería ser el objetivo que todos deberíamos perseguir.

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