Se espera cambio con nueva corte

Como un hecho sin precedentes en el país, las disputas a lo interno de los partidos serán dirimidas por una instancia superior autónoma y especializada, que pretende dejar en el pasado situaciones que tantas veces empañaron el escenario político-elec

Como un hecho sin precedentes en el país, las disputas a lo interno de los partidos serán dirimidas por una instancia superior autónoma y especializada, que pretende dejar en el pasado situaciones que tantas veces empañaron el escenario político-electoral dominicano.

Ya los pleitos tradicionales entre actores políticos inconformes con procedimientos y decisiones  dentro de sus organizaciones, no serán resueltas a tiros y trompadas, o con expresiones ofensivas. Para acabar con estas prácticas improductivas, fue creado el Tribunal Superior Electoral, un órgano con independencia funcional que a partir de hoy deberá ser conformado por el Consejo Nacional de la Magistratura.

Esta figura aparece en el artículo 214 de la Carta Magna y, a diferencia de la otrora Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral, creada para resolver conflictos internos de los partidos, el Tribunal Superior Electoral tendrá su propia estructura, independencia presupuestaria y financiera, y un estatuto orgánico que regirá su funcionamiento.

Los dictámenes del Tribunal Superior Electoral no son objeto de recurso alguno, y sólo pueden ser revisadas por el Tribunal Constitucional, cuando las mismas sean manifiestamente contrarias a la Constitución (artículo 3 de su ley orgánica).

La Constitución define esta instancia como un órgano competente para juzgar y decidir con carácter definitivo sobre los asuntos contenciosos electorales y estatuir sobre los diferendos que surjan a lo interno de los partidos.

Atribuciones del superior electoral

Las atribuciones del Tribunal Superior Electoral se resumen en siete puntos también contemplados en la ley orgánica, aunque no así en la Constitución.

Tendrá potestad para conocer de los recursos de apelación a las decisiones adoptadas por las juntas electorales y de los conflictos internos que surjan en los partidos y organizaciones políticas, “sobre la base de apoderamiento por una o más partes involucradas y siempre circunscribiendo su intervención a los casos en los cuales se violen disposiciones de la Constitución, la ley, los reglamentos o los estatutos partidarios”.

Asimismo, conocerá de las impugnaciones y recusaciones de los miembros de las juntas electorales y decidirá respecto de los recursos de revisión contra sus propias decisiones.

Cómo estará conformado

El Tribunal Superior Electoral estará integrado por cinco jueces electorales y sus suplentes, designados por el Consejo Nacional de la Magistratura por un período de cuatro años. El CNM decidirá cuál de los miembros electos ocupará la presidencia, conforme al artículo 215 de la Constitución.

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