El Senado aprueba la ley de extinción de dominio

El Senado de la República aprobó en segunda lectura y a unanimidad el proyecto de ley de extinción de dominio para el decomiso civil de los bienes ilícitos, principalmente los productos del narcotráfico.

El Senado de la República aprobó en segunda lectura y a unanimidad el proyecto de ley de extinción de dominio para el decomiso civil de los bienes ilícitos, principalmente los productos del narcotráfico.La iniciativa, de la autoría de los senadores Julio César Valentín (Santiago) y Adriano Sánchez Roa (Elías Piña), irá ahora a la Cámara de Diputados.
Además del informe favorable de la Comisión Permanente de Justicia del Senado, el proyecto fue ponderado por los senadores Charlie Mariotti, Julio César Valentín y Prim Pujals y aprobado con el voto favorable de los 20 senadores presentes en el hemiciclo.

Sánchez Roa destacó que el nuevo proyecto de ley de extinción de dominio asegurará que el Estado recupere para el pueblo dominicano todos aquellos bienes de adquisición ilícita. “El derecho de propiedad no puede gozar de protección Constitucional ni legal cuando recaiga sobre bienes obtenidos de actividades ilícitas”, apuntó el legislador por Elías Piña.

Según el Proyecto de Ley sobre Juicios de Extinción ya se podrá suprimir, mediante la decisión de un juez, el derecho de propiedad de los bienes obtenidos ilícitamente.

De acuerdo al artículo 14, “la Jurisdicción en materia de extinción de dominio es ejercida, en todos los casos, por los jueces de la instrucción”, de manera que el ministerio público no podría disponer de la pérdida del derecho de propiedad, sino que atendiendo a los artículos 30 y 31, procederá a reunir y suministrar todas las pruebas, y hará las diligencias necesarias para dotar al juez del inventario y las pruebas de su pedimento”.

Sánchez Roa explicó que en el artículo 75, se dispone que los bienes decomisados, después de reducidos los gastos, se distribuirán así: Cuando los bienes provengan de infracciones relativas a drogas narcóticas, su consumo, distribución y tráfico corresponderá: a) 25% a la Procuraduría General de la República, 25% al Consejo Nacional de Drogas, 25% a la Dirección Nacional de Control de Drogas, 15%) a las ONG que trabajan en labores de prevención y/o regeneración de consumo, 10% a la Policía Nacional. En los casos en que los bienes, productos o instrumentos decomisados provengan de cualquier otra infracción de las que dan lugar a la acción de Extinción de Dominio, corresponderá un 50%) a la Procuraduría General y 50% a la Policía.

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