Sería un mal precedente

Es una lástima tener que volver a escribir sobre los denodados esfuerzos que realiza el convicto Luis Álvarez Renta para burlar la condenado a diez años de prisión por el delito de lavado de activos en el caso Baninter.

Es una lástima tener que volver a escribir sobre los denodados esfuerzos que realiza el convicto Luis Álvarez Renta para burlar la condenado a diez años de prisión por el delito de lavado de activos en el caso Baninter.Como todo el mundo sabe, Álvarez Renta se encuentra en una clínica privada desde hace ocho meses, luego que se cansara de salir tres, cuatro y hasta cinco veces por semana de la cárcel de Najayo a recibir masajes y a reunirse con familiares, empresarios y periodistas en su residencia del sector de Bella Vista. Sus salidas eran de 9:00 de la mañana a 6:00 de la tarde, y cuando fueron restringidas al tiempo necesario para sus interminables “visitas médicas de urgencia”, decidió internarse en forma permanente.

Contando con el aliento de gente influyente, Álvarez Renta interpuso un recurso de hábeas corpus, alegando que su prisión es ilegal, porque alegadamente ya cumplió la totalidad de la pena que le fue impuesta. El recurso le fue rechazado en primero y segundo grado, y ahora confía en que la Suprema Corte de Justicia avalará su contabilidad del tiempo que tiene en prisión.

Álvarez Renta alega que el tiempo que estuvo fuera de prisión, durante el juicio de Baninter, y que lo llevó a varias capitales del mundo –desde Las Vegas a Florencia- debe computarse como “tiempo cumplido en prisión”, y todo porque, al ser arrestado en 2003, se la ingenió para ser excarcelado por razones de salud, disposición que posteriormente fue dejada sin efecto tanto por el Procurador General de la República, ratificando la Cámara de Calificación del caso su estatus de libertad pura y simple.

Ya el cálculo de la pena a cumplir en prisión por Álvarez Renta fue decidido por el Juez de la Ejecución Penal, en junio del 2008, quien rechazó por infundado su argumento de que llevaba cinco años “técnicamente preso”. Y esa decisión es cosa irrevocablemente juzgada.

Si este despropósito procesal se impone, se estaría anulando el Juez de la Ejecución, quien es el único competente para resolver todos los incidentes alusivos a la ejecución de una pena. Y, peor aún, se estarían desnaturalizando los hechos, la verdad histórica, sentándose un precedente que hará colapsar el sistema penal dominicano, en su componente penitenciario, aumentando los niveles de inseguridad ciudadana.

A pesar de que es una de las pocas personas en el mundo que ha sido condenada por lavado de activos en Estados Unidos y en su país, este convicto no se conforma con haber cumplido en forma escandalosamente precaria la pena que se le ha impuesto, sino que pretende convencer a la justicia dominicana de que cinco por uno no es cinco, sino diez, como en los buenos tiempos de la contabilidad bancaria paralela. Esto lloraría ante la presencia de Dios.

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