La Fiscalía del Distrito Nacional solicitó este lunes un año de prisión preventiva contra Moisés Rigoberto Peña Espinal, a quien se le acusa de cometer un robo de 50 millones de pesos mediante la utilización de Alta Tecnología, estafa, acceso ilícito y otros delitos, en perjuicio del Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción (FOPETCONS).
En fecha 24 de noviembre del presente año, la Fiscalía del Distrito fue apoderada de una denuncia interpuesta por el FOPETCONS, debidamente representada por Luis Miguel Martínez Glass, en su calidad de director Ejecutivo, por el hecho de que en fecha 13 de noviembre la entidad se percató de que se habían realizado cinco transferencias bancarias de 10 millones de pesos cada una.
De acuerdo con una nota de prensa, las transferencias se realizaron desde cuentas del Banco de Reservas destinadas a cuentas del mismo banco cuya propiedad recae sobre el imputado.
De acuerdo con la investigación llevada a cabo por el procurador fiscal Luis González, y de conformidad con las informaciones suministradas por el Banco de Reservas, se determinó que las transferencias fueron fraudulentas en razón de que en ningún momento se autorizaron transacciones de dicha magnitud y además no existía un vínculo entre FOPETCONS y Moisés Rigoberto Peña Espinal.
En las próximas horas la Unidad de Atención Permanente del Distrito Nacional conocerá la audiencia en que la Fiscalía solicitará que se dicte prisión preventiva, como medida de coerción, en contra del imputado, quien fue arrestado el pasado sábado 29 de noviembre mediante orden judicial.
La Fiscalía del Distrito depositó una serie de pruebas que comprometen la responsabilidad penal del imputado, tales como imágenes captadas por la cámara de seguridad de la entidad bancaria donde se muestra el retiro de fondos, certificación emitida por la Dirección General de Seguridad del Banco de Reservas, donde se evidencia que Martínez Glass fue el beneficiario de las transacciones, así como los informes periciales de los equipos tecnológicos utilizados para cometer los delitos, entre otras.
El Ministerio Público le ha otorgado al presente caso la calificación jurídica de violación a los artículos 5, 7, 13, 14, 15 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.