Tema de ingreso tardío va al CNSS

El tratamiento de los aportes de los trabajadores de ingreso tardío al Sistema de Pensiones será tratado hoy por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS).

El tratamiento de los aportes de los trabajadores de ingreso tardío al Sistema de Pensiones será tratado hoy por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS).Para hoy, a las 9:00, está agendada la reunión del organismo rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), donde una importante entidad ligada al sistema presentará una propuesta final de solución al problema que se ha presentado con el tema de la devolución de los recursos de los cotizantes de ingreso tardío.

El CNSS, como rector del sistema, dictó la resolución 126-14 del 10 de marzo del 2005, la cual autorizó el pago de beneficios a los afiliados en las administradoras de fondos de pensiones (AFP) del Régimen Contributivo del Sistema de Pensiones. Esa disposición fue tomada como referencia por la Superintendencia de Pensiones (Sipen) para dictar la resolución 356-13, la que establece los requisitos que deberán requerir las AFP para el pago de los beneficios con ingreso tardío al sistema.

Se define como afiliados de ingresos tardíos a los que al momento en que se inició la aplicación de la ley de seguridad social, la número 87-01, en el aspecto previsional o de pensiones, tenían 45 o más años de edad. Para esos afiliados se previó un tratamiento diferenciado en la devolución de sus aportes, en el entendido de que al llegar la edad de retiro, 60 años, no habrían acumulado en su cuenta de  capitalización individual (CCI) recursos suficientes para obtener una pensión digna. Una opción era permitir aportes adicionales, con el incentivo de que para esos ahorros extraordinarios con vocación de pensión,  se exonera del pago del Impuesto sobre la Renta hasta el equivalente a tres pagos normales. Un elemento adicional fue permitir la devolución de los aportes, legales y extraordinarios, si el acumulado en la CCI del afiliado no daba para una pensión digna.

Pero el esquema de devolución de los recursos aplicado a partir de la resolución 356-13, que se basa en un prorrateo del monto acumulado en la CCI del trabajador de ingreso tardío, ha generado disgustos y frustraciones entre afiliados que han dejado el mercado laboral activo, al cumplir los 60 años, y han ido a procurar la devolución de sus recursos en un solo pago. Se han encontrado con la sorpresa de que recibirán los recursos en sumas parciales, mensuales, y que cada año el monto disminuye, hasta agotar el acumulado.

En el segmento de las AFP hay preocupación porque erróneamente se ha interpretado como que esas empresas, que son las que administran los recursos de las CCI, se oponen a la entrega en un solo pago del dinero acumulado al afiliado que no califique para pensión. En realidad, la posición de las AFP es que si el afiliado no puede acumular lo suficiente para optar por la pensión, el sistema le busque un mecanismo para que se le devuelvan sus aportes en un solo pago.

El tema de la resolución 356-13 ha generado diversas reacciones. Han favorecido la devolución de los recursos la DIDA, el Consejo Nacional de la Unidad Sindical (CNUS), el economista y consultor privado Arismendi Díaz Santana, primer gerente general del CNSS; y los diputados Ramón Cabrera, Rubén Maldonado, Orlando Espinosa y Nelson Arroyo, los tres primeros del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el último del Partido Revolucionario Dominicano (PRD).

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