El Tribunal Constitucional declaró inadmisible dos recursos que interpuso Sandra Kurdas mientras se conocía la querella por violencia intrafamiliar contra Frank Jorge Elías.En la sentencia 165-15 el TC declaró inadmisibilidad la solicitud de suspensión de la ejecución de la sentencia dictada por el Quinto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional y el recurso de revisión en materia constitucional de la sentencia 543-2014 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia.
El Juzgado de la Instrucción había ordenado que Kurdas fuera sometida a una experticia psicológica a través del Colegio Médico Dominicano de Psicólogos (Codopsi), también a una perito a realizar un contra peritaje al informe del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) y que el Departamento de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (Dicat) a que realice la experticia electrónica al computador portátil de Jorge Elías, así como también a las cuentas electrónicas de ambos actores del proceso.