Fallo del TC mantiene vigente la prisión por delito de difamación

La versión adelantada por el Tribunal Constitucional sobre la demanda de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley 6132 interpuesta por varios directores de periódicos de la República Dominicana, mantiene intacto el régimen de prisión&#

La versión adelantada por el Tribunal Constitucional sobre la demanda de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley 6132 interpuesta por varios directores de periódicos de la República Dominicana, mantiene intacto el régimen de prisión por delitos de prensa, contrario a lo que aparentemente han creído algunos sectores.Una lectura razonada del dispositivo revelado por el Tribunal Constitucional indica que solamente se despenaliza del régimen de prisión las ofensas contra determinados funcionarios, pero subsiste la prisión cuando el delito se fundamente cuando encierre ataque al honor o la consideración de la persona, funcionario público o no, lo mismo que a los representantes de gobiernos, organismos y jefes de gobierno de otras naciones.

Con ese propósito, el Tribunal Constitucional dejó vigente los artículos 32, 33, 39 y 40 de la Ley 6132 de Expresión y Difusión del Pensamiento. En efecto, la difamación contra los funcionarios públicos, prevista en el artículo 31, se rige asimismo por el artículo 32, que busca proteger la vida privada de los funcionarios.

Pero como el Tribunal Constitucional al dejar subsistir el artículo 33, se mantiene la prisión, que va de quince días a seis meses y con multas, o con una de esas penas. Por eso, en los dispositivos que el Constitucional adelantó el pasado domingo, no hace alusión a los artículos 368 al 372 del Código Penal que establecen un régimen de prisión para los delitos de prensa.

El domingo, la Sociedad Dominicana de Diarios declaró que aguarda “la esperanza de que también sean declarados inconstitucionales los artículos 368, 369, 370, 371 y 372 por ser atentatorios a la libertad de expresión en el país, o que los mismos sean eliminados al conocer nuevamente el Código Penal en el Congreso Nacional”.

De esa forma parece que el Tribunal Constitucional convino en eliminar el régimen de prisión cuando el delito de difamación esté relacionado con el desempeño de funciones públicas, más no si se considera que ataca la dignidad personal, sea funcionario o no la persona que objeto de la misma.
En cualquier caso, queda claro que todavía en República Dominicana la prisión puede “aguardar” a quienes sean condenados por difamación o injuria, prevista en la Ley 6132 y en el Código Penal.

Finjus y FJT saludan fallo

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) apoyó ayer la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anula artículos de la Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento que involucran sanciones penales. Servio Tulio Castaños Guzmán indicó que esta sentencia (que declara como inconstitucional los artículos 30, 31, 34, 37, 46, 47 y 48 de esa ley, que tiene más de 50 años) pone a la República Dominicana acorde con las convenciones internacionales.

“En principio lo que ha hecho el TC es poner a la República Dominicana acorde con las convenciones internacionales y las decisiones de tribunales supranacionales”, expresó. Castaños Guzmán resaltó que aparte de la decisión del TC, hay otros puntos en la agenda y que quedan muchas cosas que deben ser revisadas, pero reiteró que hay que esperar a ver cuáles fueron las motivaciones que consideró el tribunal para emitir esa decisión.

De su lado, el presidente de la Fundación Justicia y Transparencia (FJT), Trajano Vidal Potentini, calificó como un trascendente avance y un triunfo para la democracia dominicana el reciente fallo del TC, porque el mismo despenaliza la difamación e injuria y extirpa la anacrónica responsabilidad en cascada, que penalizaba también a los directores de medios por los escritos de los periodistas. Destacó que en el caso particular de los directores de medios de comunicación, esta sentencia viene a corregir el desconocimiento por décadas de un principio cardinal del Derecho, consagrado en el artículo 40 de la Constitución, cuando establece que nadie es penalmente responsable por el hecho de otro. 

Espera que periodistas no se vean afectados 

El presidente del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP), Olivo de León, dijo ayer que aunque todavía no ha leído la sentencia del TC, espera que la misma vaya a fortalecer el ejercicio periodístico y no en perjuicio de los periodistas que salen a las calles a buscar las informaciones. “Si la decisión solo se limita a liberar de responsabilidad a los directores y ejecutivos de medio frente a difusión de informaciones trabajadas por los periodistas, si es así, si solo se limita a eso, entonces sería lamentable una decisión como esa”, puntualizó de León.

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