Consultor jurídico del Senado afirma en el país hay varias leyes que afectan el derecho de propiedad, y son ordinarias

El Tribunal Constitucional (TC) es la entidad donde han apuntado sectores no conformes con algunos aspectos controversiales del proyecto de ley de extinción de dominio, como son los que defienden que la iniciativa es una ley orgánica y quienes dicen que no debe ser retrospectiva.

Los preocupados en estos temas consideran que de ratificarse la pieza en la Cámara de Diputados como se aprobó en el Senado, se corre el riesgo que el TC declare inconstitucionales algunos de sus artículos e inclusive podría rechazar el pliego de ley “completo” al ser conocido como una ley ordinaria. Otros, sin embargo, defienden los 111 artículos de la normativa legislativa así como el que sea acogida por la mayoría simple del quórum en ambas cámaras.

Sobre el caso, se expresaron recientemente el exjuez del TC Jottin Cury; el consultor jurídico del Senado, Félix Damián Olivares; la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE); y el coordinador general de Participación Ciudadana, Joseph Abreu.

El exjuez del Tribunal Constitucional está seguro que la legislación aprobada en segunda lectura en el Senado el pasado jueves por el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y aliados, y que está pendiente de conocerse en la Cámara de Diputados, es una ley ordinaria, tal como fue sancionada.

“Claro que es una ley ordinaria, porque no regula derechos fundamentales. La ley de extinción de dominio está prevista en el artículo 51.6 de la Constitución, entonces ya estaba creada, lo que se estaba dictando era el reglamento de la ley y para eso no hace falta una orgánica”, dijo durante su participación en el programa Reseñas, que se difunde por Entelevisión.

Cury enfatizó que es una ley ordinaria al no estar regulando el derecho de propiedad, sino investigando el origen de ese derecho, el mecanismo para aplicarse la ley. “Falta, a mi juicio, una mayoría agravada para una ley orgánica”, sustentó.

Inconstitucionalidad y peligro de su aplicación

El abogado Jottin Cury dijo que está de acuerdo con el proyecto de ley de extinción de dominio y entiende que está bien inspirado, sin embargo , consideró que tiene “ribetes de inconstitucionalidad”.
Al referirse al artículo 110 de la Carta Magna y artículo 4 numeral dos del proyecto legislativo, expuso que la irretroactividad siempre ha existido, pero que la ley utiliza el término retrospectivo, que es un sinónimo de retroactivo, para ir hacia el pasado y, en adición, añadió que algunos de sus colegas han señalado los puntos de la presunción de la propiedad de certificados de títulos, que sería cuestionado el principio de buena fe, el tercer adquirente y la presunción de inocencia.

“Y eso es cierto, tiene aspectos cuestionables en cuanto a eso, pero yo creo que la ley pudo haberse salvado del siguiente modo: no hablar de retroactividad, quitar ese término y aprobarla”, sugirió.
El jurista dijo que el punto más peligroso del proyecto de ley de extinción de dominio es que este es un país sin institucionalidad, lo que derivaría en el peligro de que esa ley sea aplicada por personas corruptas, por un ministerio público corrupto o por radicales ideológicos, por lo que, entiende que la misma podría prestarse a abusos.

“El Tribunal va a conocer los aspectos de inconstitucionalidad. Yo dudo que por el aspecto de ordinaria u orgánica sea declarada inconstitucional. Ahora, el tema de irretroactividad y otros aspectos sí podrían, eventualmente, producir una declaratoria de inconstitucionalidad, pero solamente en esos puntos, no la ley en su conjunto”, explicó Cury.

Consultor jurídico del Senado defiende proyecto de ley

El consultor jurídico del Senado, Félix Damián Olivares, puso en dudas que el Tribunal Constitucional objete el proyecto de ley de extinción de dominio como se aprobó en la Cámara Alta.

Para el jurista, el que una legislación afecte un derecho de propiedad no debe ser considerada como una ley orgánica y adelantó que hay varias leyes que afectan el derecho de propiedad, y son ordinarias, como la Ley 483, sobre ventas condicionales de muebles; y la Ley 108-05, de Registro Civil.

“Si se le da sentido, todas las leyes que afecten un derecho fundamental tendrían que ser orgánicas, y no es así. Por ejemplo, la ley de alquileres, afecta el derecho de propiedad; la ley de venta condicional de bienes muebles, afecta el derecho de propiedad, y a nadie se le ocurre decir que esa ley es una ley orgánica. Lo mismo que las leyes de procedimiento civil con relación a los embargos; las leyes inmobiliarias, todas son leyes deferidas o que afectan de algún modo el derecho de propiedad, eso no quiere decir que sea una ley de regulación del derecho de propiedad”, detalló.

Olivares explicó que en países como España, Colombia y Honduras la ley de extinción de dominio se aprobó como ordinaria. Sobre la retrospectividad, señaló que no hay ninguna legislación que ampare la actividad criminal y que lo ilícito no encuentra amparo en ninguna ley.

El proyecto de ley de extinción de dominio ha generado controversias entre legisladores y juristas en algunos aspectos, como es la retrospectividad; elusión fiscal; si la ley es orgánica y ordinaria; el derecho a la presunción de inocencia, entre otros puntos. Se han expresado sobre la controversial pieza Miriam Germán, procuradora general de la República; Celso Juan Marranzini, presidente la AIRD, entre otros.
Las leyes orgánicas requieren para su aprobación las dos terceras partes del quórum y las ordinarias necesitan una mayoría simple. El oficialismo cuenta con mayoría simple en ambas cámaras del Congreso.

Expresaron sus preocupaciones

La Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) manifestó su preocupación por las condiciones actuales del proyecto de ley de extinción de dominio, así como el procedimiento legislativo que se está siguiendo para convertirlo en ley. “Basta con ver aspectos como la falta de seguridad sobre la propiedad de los bienes, los requisitos para considerar que un adquiriente goza de “buena fe” y la retroactividad que dispondría esta legislación”, explicó Luis M. Pellerano, presidente de la ANJE. En tanto, el coordinador general de Participación Ciudadana, Joseph Abreu, solicitó a lo diputados aprobar el proyecto como una ley orgánica. Entrevistado en el programa Esferas de Poder, expuso que “entendemos que es una ley orgánica porque, aparte de que sí afecta un derecho fundamental, hasta que se destruya la buena fe en su proceso de adquisición, sigue siendo un derecho que se debe garantizar”. Precisó que, entre otras disposiciones, la creación de un nuevo tribunal, le da un carácter orgánica.

Posted in Destacado, Justicia

Más de destacado

Más leídas de destacado

Las Más leídas