Instituto Duartiano apoya mantenimiento Ley sobre Desarrollo Fronterizo

Santo Domingo, RD.- El presidente del Instituto Duartiano se sumó este miércoles a los sectores que han solicitado las intervenciones al poder ejecutivo.

Santo Domingo, RD.- El presidente del Instituto Duartiano se sumó este miércoles a los sectores que han solicitado las intervenciones al poder ejecutivo y al Congreso Nacional sus para que se legisle en favor de mantener vigente la Ley 28-01 del 2001 que creó la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo, que comprende las provincias Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Bahoruco y Santiago Rodríguez.

El presidente de la institución, doctor Wilson Gómez Ramírez, habló hoy en un encuentro realizado por directivos de ese organismo en su sede en la casa y museo de Cera Juan Pablo Duarte, en la Ciudad Colonial, durante el cual se anunciaron las actividades del 207 aniversario del natalicio del fundador de la República.

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Dijo que “esta disposición legal establece facilidades y exenciones impositivas a favor de las empresas industriales, agroindustriales, agropecuarias, metalmecánicas, zonas francas, turísticas, metalúrgicas, energéticas, entre otras, que se establezcan en el marco geográfico de las referidas provincias.

“De ahí que la indicada ley contempló la exención de un cien por ciento del pago de impuestos internos, de los aranceles aduaneros sobre materia prima, maquinarias y equipos, así como cualquier otro tipo de impuesto, cuestión que resultó limitada en el tiempo, pues se estableció su vigencia por veinte años”, precisó el presidente del Instituto Duartiano.

El doctor Gómez Ramírez, señaló que “este texto legal fue promulgado el primero de febrero de 2001 y por tanto la ley número 28-01 tiene que ser objeto de tratamiento, para perfeccionar su contenido y mantener estos atractivos en interés de incentivar el desarrollo fronterizo de la República Dominicana”.

Señaló que “los legisladores tienen que advertir que la constitución política del estado vigente establece en el artículo 10, parte capital, que es de supremo y permanente interés nacional la seguridad, el desarrollo económico, social y turístico de la Zona Fronteriza, razón por la cual deben preservarse los postulados protectores de la indicada ley, y, procurar que sea instituido un régimen especial fronterizo más amplio, capaz de motivar a las personas que habitan en la región, a permanecer en ella para así garantizar una mayor estabilidad”.

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