La decisión del Tribunal Constitucional de anular y declarar inconstitucional cuatro resoluciones que aprobó el Consejo del Poder Judicial para las audiencias virtuales, surtirá efecto tres meses después de la publicación íntegra del fallo.

Así lo estableció el órgano supremo en el artículo noveno del dispositivo de la sentencia, por lo que las audiencias virtuales que anteriormente se realizaron no serán afectadas.

Lo que se publicó el pasado jueves, no fue la sentencia íntegra, sino el dispositivo, entonces, cuando el fallo sea dado a conocer completo comenzará a correr el plazo de los tres meses.

“Las nulidades por inconstitucionalidad, anteriormente declaradas, surtirán efecto tres meses después de la publicación íntegra de la presente decisión y para el porvenir, de conformidad con las disposiciones de los artículos 45 y la primera parte del artículo 48 de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales”, indicó el tribunal.

Solo surten efecto a futuro

“Las sentencias en control directo solo surten efecto a futuro… lo decidido no debe afectar los procesos en los que ya se celebraron audiencias virtuales”, explicó el abogado Nassef Perdomo en Twitter.

Al ser consultado por elCaribe sobre el asunto, el Consejo del Poder Judicial indicó que “procederá al análisis de la normativa y de la decisión del TC tan pronto sea emitida y notificada la sentencia de manera íntegra”.

Para Miguel Surun, presidente del Colegio Dominicano de Abogados, que elevó la acción directa de inconstitucionalidad contra las resoluciones sobre audiencias virtuales, lo decidido por el Tribunal Constitucional “es histórico”.

Desde que el Poder Judicial comenzó a implementar las audiencias virtuales, como consecuencia de la pandemia, Surun ha dicho que las mismas son inconstitucionales. “Refuerza y garantiza, no solamente el estado de derecho, sino la seguridad jurídica en la República Dominicana, que reestableció la tutela judicial efectiva”, dijo a elCaribe.

Dice que fallo ordena el cese de ilegalidades

Surun indicó que con el fallo se ordena al Consejo del Poder Judicial que “cese la práctica, ilegal, inconstitucional, usurpadora de emitir resoluciones en material judicial”. El jurista, además, aseguró que el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad demostró que en el país existe un guardián de la Constitución, de todo derecho fundamental.

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