A la altura nada más y nada menos que del mes de diciembre del año 2023 y culminado el proceso de selección de cinco nuevos jueces para el Tribunal Constitucional por parte del Consejo Nacional de la Magistratura, los cuales estarían siendo juramentados y posesionados el 28 de diciembre de 2023, es importante recordar que “estas no son fechas”, para cambiar precedentes firmes de hasta 11 años de vigencia. El arte de la prudencia aconseja que esos trabajos se dejen a la nueva composición. Esto no quiere decir que en lo que resta no se tomen decisiones importantes, a lo que nos referimos es a los cambios de precedentes, de línea de interpretación, no a casos no fallados.

La responsabilidad de los jueces del Tribunal Constitucional es más que aplicar subsunción, es decir, una operación lógica que consiste en determinar que un hecho jurídico reproduce la hipótesis contenida en una norma general. Para ser más específicos, es más que simplemente trabajar con premisas A y premisas B para llegar a la conclusión. El juez constitucional debe estar revestido del arte de la prudencia. “Estas no son fechas” no es solo un llamado a jueces salientes, también, y más importante aún, es un llamado para los jueces entrantes, estos, deben calentar el asiento en el que se sientan. No es consecuente con el arte de la prudencia que se le demanda a un juez constitucional impulsar o participar de un cambio de precedente al mes de su designación, tampoco es elegante que jueces con veteranía en el Tribunal Constitucional no permitan que estos tengan el tiempo de madurar sus propios criterios para formar parte de decisiones trascendentales (que incluyen la posibilidad de cambiar precedentes).

Yo no sé cuál es el plazo exacto, tampoco creo que exista un plazo fijo determinado, pero por mi experiencia en cuanto a los asuntos a los que se enfrenta el juez constitucional dominicano, podría decir que los 4 o 6 primeros meses de la nueva composición deben ser para tomar decisiones en casos con alta tradición de precedentes, con poca disidencia (respetando la inteligencias colectiva e histórica reflejadas en los precedentes del Tribunal Constitucional) y para estudiar mucho derecho constitucional y derecho procesal constitucional dominicano o, en otras palabras, la jurisprudencia del propio Tribunal Constitucional y el diálogo entre Altas Cortes. Luego de hacer un levantamiento de los principales problemas a los que se enfrenta la justicia constitucional, propuestas de cambios de precedentes, de unificación de criterios, casos con verdadera especial trascendencia y relevancia constitucional, a la altura del mes de mayo y junio del 2024, podrían estar llegando las decisiones más trascendentales de esta nueva composición.

Siempre he considerado que un precedente dura lo que sus votos particulares permiten, he aquí, el lograr que la composición actual al momento de la salida de cinco de sus miembros no se aboque a cambiar precedentes que han contribuido al Estado de Derecho, pero mucho menos, que los nuevos integrantes se aboquen a hacerlo, porque si algo nos debe quedar claro es que la justicia constitucional se gesta bajo cimientos sólidos de respeto y constancia de la supremacía constitucional.

Aunque 12 años parecen ser mucho, para la justicia es poco, falta mucho recorrido y vida en Constitución y el Pleno del Tribunal Constitucional tiene que saber que “estas no son fechas”.

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