La delincuencia organizada transnacional es un fenómeno delictivo complejo que implica la ejecución de múltiples actividades ilícitas y cuyas consecuencias presentan una amenaza para cualquier sociedad y consiguen socavar seriamente sus estructuras sociales, políticas y económicas. La Convención de Palermo o Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional definió a este tipo de organizaciones como: “Un grupo estructurado de tres o más personas que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves o delitos tipificados con arreglo a la presente Convención con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro beneficio de orden material”.
Cuando analizamos la cantidad de migrantes que traspasan nuestras fronteras de forma irregular, definitivamente que debemos de referirnos a que dicha ilegalidad está dentro de la delincuencia organizada trasnacional, y es que ya las amenazas y riesgos a la seguridad nacional provienen no solo del sistema internacional en un sentido clásico, sino también de los entornos económico, social y político. La delincuencia organizada transnacional es, por consiguiente, una realidad incuestionable. Representa sin tapujos, una amenaza directa y seria contra la seguridad, tanto interior como exterior de los Estados.
El crimen organizado transnacional no permanece inmóvil, sino que es una industria siempre cambiante, que se adapta a los mercados y dan lugar a nuevas formas de crimen. En pocas palabras, es un negocio ilícito que trasciende barreras culturales, sociales, lingüísticas y geográficas, además de no tener límites ni reglas. Es por ello que, en el caso de Republica Dominicana, el tráfico ilícito de migrantes es una de sus formas más comunes, y la lucha contra él requiere de un esfuerzo hemisférico, porque es un problema intersectorial que requiere respuestas de aspectos múltiples por parte de distintas organizaciones nacionales y, en algunos casos, asociaciones entre los gobiernos, el sector privado y la sociedad civil, y que todas actúen de forma apropiada conforme a las normas y principios democráticos y las normas constitucionales de cada Estado.
República Dominicana ratificó la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la cual se aplica a todas las formas de delincuencia grave de carácter transnacional cometidas por grupos criminales organizados. Veinte años después de su adopción, sigue siendo uno de los instrumentos jurídicos internacionales más ratificados, junto con sus tres protocolos, la Convención es el principal instrumento mundial para prevenir y combatir eficazmente una extensa variedad de actividades delictivas; pero su aplicación por los Estados Parte es débil a la hora de revisar las condenas en los procesos legales donde se vulneran derechos humanos protegidos por dicha convención.
En estos momentos la delincuencia organizada trasnacional que más nos preocupa e impacta es la del tráfico ilícito de migrantes hacia nuestra nación, sin embargo, el tráfico de menores e incluso el tráfico de armas, se extiende por todo el mundo, y afecta a la gobernanza y a los procesos políticos, además de debilitar los avances del Estado Social y Democrático de Derecho.
Necesitamos una revisión integral de las normas, instrumentos y convenciones que forman parte del ordenamiento jurídico dominicano para que su aplicación sea efectiva y la lucha contra el crimen organizado trasnacional sea eficaz y sus perpetradores puedan ser juzgados en el debido proceso de ley, pero que cumplian la pena que conlleva el ilícito cometido.