Santo Domingo.– Un proyecto de ley depositado en la Cámara Alta por el senador Franklin Romero, representante de la provincia Duarte por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), propone establecer mecanismos para proteger y fortalecer la producción nacional de arroz, con prioridad para los pequeños y medianos productores.
La iniciativa, introducida el pasado 26 de octubre, establece que al menos el 50 % de los recursos ejecutados en beneficios individuales directos deberá destinarse a pequeños productores elegibles, como una medida para garantizar que este segmento tenga mayor acceso a los programas de apoyo estatal.
La disposición está contemplada en el artículo 24 del proyecto, que busca organizar la distribución de las ayudas y evitar que los productores de menor escala queden rezagados en el acceso a los recursos públicos.
La legislación procura, además, aumentar la transparencia en el manejo de los fondos destinados al sector arrocero. En ese sentido, el artículo 13 dispone la publicación trimestral de información relacionada con el programa de pignoración, incluidos los recursos públicos utilizados, los costos financieros y de almacenamiento subsidiados, las entidades participantes y los beneficiarios.
Asimismo, plantea establecer mecanismos de trazabilidad para verificar el origen y el volumen del arroz, los inventarios y los pagos a los productores, con el propósito de prevenir irregularidades y la duplicidad de beneficios.
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Reserva estratégica y vigilancia de las importaciones
Entre los puntos relevantes de la propuesta figura la creación de una Reserva Estratégica Nacional de Arroz, contemplada en el artículo 14, para atender emergencias, desastres naturales, interrupciones extraordinarias del suministro y situaciones que amenacen la seguridad alimentaria.
La iniciativa también plantea un sistema de alerta temprana para monitorear la producción nacional, las superficies sembradas, los inventarios, el consumo, las importaciones, los precios, los costos de producción, las condiciones climáticas y la disponibilidad de agua.
De acuerdo con los artículos 15 al 19, el Ministerio de Agricultura deberá utilizar esa información para identificar riesgos que afecten al sector y elaborar informes técnicos. Cuando existan indicios fundamentados de prácticas comerciales desleales o de importaciones que puedan perjudicar a los productores nacionales, la información será remitida a la Comisión de Defensa Comercial para su evaluación.
La propuesta no establece una prohibición automática de las importaciones ni impone nuevos aranceles, sino que contempla mecanismos de monitoreo y evaluación conforme a la legislación aplicable.
Financiamiento y asistencia técnica
El proyecto contempla medidas para mejorar la competitividad del sector mediante asistencia técnica, semillas certificadas, mecanización, capacitación, almacenamiento, comercialización, seguros agropecuarios y acceso al crédito.
Los artículos 8 al 12 establecen el desarrollo de un programa de competitividad arrocera dirigido a elevar la productividad, reducir los costos, mejorar la calidad del producto e impulsar la innovación tecnológica.
En materia financiera, los artículos 20 al 23 promueven mecanismos de crédito adaptados al ciclo productivo, garantías parciales para facilitar el financiamiento a productores con limitaciones de respaldo crediticio y mayor acceso a seguros agropecuarios.
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La iniciativa contempla como fuentes de financiamiento el Presupuesto General del Estado, los programas públicos existentes, las apropiaciones adicionales aprobadas, la cooperación internacional, las donaciones y las operaciones de crédito autorizadas.
Rendición de cuentas ante el Congreso
Otro componente de la propuesta es la obligación de publicar información sobre los beneficiarios y los recursos recibidos, así como evaluar periódicamente los resultados de los programas de apoyo.
El artículo 28 dispone que el Ministerio de Agricultura remita anualmente al Congreso Nacional un informe sobre los recursos presupuestados y ejecutados, los beneficiarios, los resultados alcanzados y la evolución de la producción, los precios, las importaciones y los inventarios.
El documento también contempla evaluaciones periódicas de la productividad, los costos, los ingresos de los productores, el financiamiento y el impacto ambiental de las medidas implementadas.
La iniciativa establece, además, un plazo de 120 días desde la promulgación para que el Poder Ejecutivo dicte el reglamento de aplicación.
El proyecto procura dotar al país de un marco legal para organizar las políticas públicas de apoyo al sector arrocero, fortalecer la producción nacional y mejorar los mecanismos de control y rendición de cuentas sobre el uso de los recursos estatales.
El pliego legislativo debe agotar su trámite en las cámaras parlamentarias para su eventual aprobación y poder pasar al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.
