Con el Domingo de Ramos, empieza a correr la Semana Santa. Para el calendario litúrgico, un periodo de reflexión y unión familiar. Pero paradójicamente estos días traen consigo un pintoresco comercio y un alto consumo.

En paralelo a la fecha religiosa, se desarrolla un comercio secular con una amplia oferta y demanda de productos propios de actividades de ocio. Los viajes a playas, ríos y balnearios son parte de la tradición.

En la Semana Mayor, las tiendas, supermercados, almacenes y otros centros comerciales ofertan artículos diversos alusivos a la época. Entre estos productos figuran neveras y sillas playeras, piscinas, flotadores, trajes de baño, mesas de dominó, asadores y bebidas alcohólicas. Las ofertas abarcan alimentos que caracterizan la gastronomía propia de la época. En tal sentido, aumenta el consumo de pescados, carnes, vegetales y los ingredientes para el postre protagonista de la Semana Santa en República Dominicana: las habichuelas con dulce.

Al mismo tiempo se incrementan los viajes al interior del país en un éxodo que empieza desde el Miércoles Santo. Las paradas de transporte interurbano experimentan un mayor movimiento en el servicio. Y las ventas de boletos aéreos se disparan.

Durante la Semana Mayor hay una reducción considerable de las horas laborables en los sectores público y privado. Ciertas industrias y empresas de servicios paralizan sus actividades a partir del jueves. Razón por la que muchos aprovechan el asueto para vacacionar o visitar su lugar de origen.

Algunas empresas inician vacaciones colectivas. No obstante, el día declarado no laborable e inamovible es el “Viernes Santo”, este año el 7 de abril, en el que la comunidad católica conmemora la muerte de Jesucristo.

Horario especial para empleados

Por motivos del asueto, los empleados de instituciones gubernamentales laborarán hasta las 4:00 de la tarde de este miércoles 05 de abril. La disposición está contenida en la circular 004859 del Ministerio de Administración Pública (MAP).

“Se deja en libertad a los titulares de órganos, entes y empresas públicas, a que, por la naturaleza de sus funciones y servicios, pueden establecer horas y días de trabajo especiales, a fin de garantizar la prestación de servicios que brindan a la ciudadanía”, establece la circular firmada por el titular del MAP, Darío Castillo Lugo.

La decisión fue tomada por el MAP en su rol de órgano rector del empleo público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 41-08, de Función Pública, y el artículo 27 del Reglamento 523-09, de Relaciones Laborales.

Horario de prohibición de circulación de vehículos

La prohibición de vehículos de carga comienza desde el Jueves Santo, a partir de las 06:00 de la mañana, y hasta el lunes 10 de abril a las 05:00 de la mañana, en cumplimiento de la Ley 63-17. Quedan exceptuados de la prohibición las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencia y aquellos de servicio de agua en cisterna, electricidad, cable, telefonía, sanitario, de mantenimiento y asistencia vial y de higiene urbana.

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