Pese a altas tasas, la presión tributaria sigue baja por la evasión, exenciones y debilidad estructural del sistema

República Dominicana se encuentra entre los países latinoamericanos con mayor carga tributaria sobre el consumo. A través del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), que es conocido como IVA en otras naciones, el Estado grava la mayoría de los bienes y servicios con una tasa general de 18%, y aplica un 16% a un grupo reducido de productos alimenticios.

Esta estructura coloca al país por encima del promedio de América Latina (15.4%) y muy por encima de la media de América Central (12.5%). Sobre el tema, el Centro Regional de Estrategias Económicas Sostenibles (CREES) indica que pocos países de la región superan estas tasas: Uruguay (22%), Argentina (21%), Colombia y Chile (ambos con 19%). En cambio, otras naciones muestran cargas más livianas. Paraguay impone un 10%, Panamá 7%, y Costa Rica 13%.

Este panorama coloca a República Dominicana en un grupo reducido con tasas impositivas al consumo más exigentes, lo que influye tanto en la competitividad empresarial como en el poder adquisitivo de los hogares. Otros países de la región presentan tasas similares a la dominicana. Perú aplica 18%, mientras que Venezuela impone un 16% y México 16%. En el istmo centroamericano, Honduras y Nicaragua aplican un 15%, Ecuador 15%, Bolivia 13%, El Salvador 13% y Guatemala 12%. El ITBIS, como impuesto indirecto, grava el consumo y afecta tanto a los hogares como a las empresas. Su impacto recae con más fuerza sobre las personas con menor poder adquisitivo, y representa una carga adicional para las empresas al encarecer los costos de producción y limitar su competitividad. La coexistencia de una tasa elevada con múltiples exenciones y regímenes especiales -como ocurre en República Dominicana- incentiva la evasión, distorsiona precios relativos y reduce la eficiencia y transparencia del sistema tributario, advierte el CREES. La elevada tasa se ha mantenido desde la reforma fiscal de 2012, cuando se estableció una tarifa de 18% para bienes y servicios previamente gravados al 16%, y se introdujo una tasa del 16% para ciertos productos alimenticios (como café, azúcar, crema y yogur) que antes estaban exentos. Esta tasa reducida se implementó de forma progresiva, comenzando en 8%.

A partir de 2016, la tasa general del ITBIS debía reducirse de 18% a 16%, pero esa rebaja quedó condicionada al comportamiento de la recaudación. La Estrategia Nacional de Desarrollo (END), establecida por la Ley 1-12, condiciona dicha unificación a que la presión tributaria nacional alcance un 16% del PIB. Sin embargo, los niveles logrados han quedado por debajo de esa meta. En 2012, la presión tributaria rondaba el 13%, y aunque con la reforma de 2012 (Ley 253-12, Para el fortalecimiento de la capacidad recaudatoria del Estado) se esperaba alcanzar una mejora significativa; los avances han sido limitados.

Definición, la END

La presión tributaria es el porcentaje del PIB que el Estado recauda a través de impuestos. En el caso local, apenas alcanzó un 15% a finales de 2019, gracias a mejoras administrativas aplicadas por la anterior administración, que aportaron en promedio un punto porcentual adicional durante los últimos dos años previos a la pandemia. Sin embargo, la crisis sanitaria del 2020, con su consecuente cierre económico, interrumpió el avance. Según el Ministerio de Economía, en 2024 la presión tributaria continuó estancada en torno al 14% del PIB.

Un informe de esa institución (julio 2024), indica que, desde la adopción de la Estrategia Nacional de Desarrollo en 2012, era evidente que el Estado requería incrementar sus ingresos fiscales para alcanzar sus metas sociales y de desarrollo. El pacto fiscal propuesto en esa legislación debía apoyar el aumento sostenido de la presión tributaria. No obstante, desde entonces no se han producido cambios impositivos significativos. Intentos de reforma fiscal impulsados tanto en el primer mandato de Luis Abinader como a inicios de este segundo no han prosperado ante la fuerte oposición social y sectorial. La presión tributaria se ha mantenido en la mayoría de los años por debajo del 14% del PIB.

Este bajo nivel de recaudación contrasta con los gastos e inversiones del Estado. La consecuencia directa ha sido una sucesión de déficits fiscales moderados pero constantes, un crecimiento sostenido del endeudamiento público, una elevada carga de intereses, la contracción de la inversión pública y la persistente incapacidad del Estado para ofrecer servicios de calidad en cantidad suficiente.

La meta del 16% de presión tributaria, establecida como objetivo para 2016 por la END, sigue sin alcanzarse. La pandemia no solo interrumpió el avance hacia ese nivel, sino que amplió el déficit estructural. Las mejoras administrativas aplicadas antes de 2020 solo compensaron parcialmente los huecos que la reforma de 2012 no logró cubrir. Con esa reforma esperaba un aumento de 2 puntos porcentuales en la presión tributaria; se obtuvo aproximadamente 1%.

Los puntos que nunca se implementaron de la ley

Algunos elementos que se contemplaron en la ley 253-12 nunca llegaron a implementarse plenamente. Uno de ellos fue el impuesto de RD$12,000 anuales por operación a los establecimientos de venta al por menor, establecido en el artículo 47. Este impuesto fue concebido como un mecanismo para fomentar la formalización de los pequeños negocios. Otro componente que quedó flotando fue el Impuesto de Circulación Vehicular del 1% sobre el valor de los vehículos, previsto en el artículo 15. En lugar de aplicar este esquema, la administración anterior mantuvo el sistema tradicional de cobro, evitando la figura que habría impuesto pagos anuales superiores a RD$100,000 a algunos propietarios de vehículos de lujo. En el esquema vigente los vehículos con cinco años o menos de fabricación pagan RD$3,000.00, sin importar que cuesten 15 millones de pesos, por ejemplo.

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