Edgar Morales
Especial para elCaribe
La depreciación acelerada permite a los contribuyentes recuperar la inversión en maquinarias y equipos en un periodo más corto al admitir deducciones fiscales por depreciación superiores a las que ofrece el método ordinario. Esta ventaja reduce la base imponible del impuesto sobre la renta (ISR) en el corto plazo y difiere la obligación de pago del impuesto para años posteriores.
A diferencia de los regímenes de incentivos tributarios basados en la exoneración del pago de ISR, denominados vacaciones fiscales (tax holiday), la depreciación acelerada representa un incentivo tributario considerado como buena práctica por organismos internacionales.
Esta medida de política es favorable debido a que: 1) exige inversiones comprobables en activos de capital; 2) permite que los contribuyentes mantengan el pago de ISR; 3) reduce el costo de capital y estimula la inversión; 4) favorece la realización de proyectos de largo plazo e intensivos en capital.
¿Qué es la depreciación acelerada?
El uso de la depreciación acelerada con fines fiscales es una práctica común entre los países desarrollados. Los países miembros de la OCDE han permitido la depreciación acelerada, ya sea de manera transitoria o permanente, restringidas o no a determinados tipos de activos. Generalmente, estas políticas se implementan como medidas temporales en respuesta a periodos de crisis económica; sin embargo, también pueden establecerse de manera permanente, aunque usualmente limitadas a sectores específicos o determinados activos.
Por ejemplo, países como Austria, Alemania, República Checa, Italia, Francia, Hungría, España, Finlandia, Reino Unido, Estados Unidos, entre otros, aplican o han aplicado distintos regímenes de depreciación acelerada. Estas modalidades incluyen desde la duplicación de la tasa de depreciación o la autorización de deducciones adicionales proporcionales o decrecientes, hasta la deducción total del costo del capital en un solo ejercicio fiscal, disposición conocida como ‘expensing’ o deducción inmediata.
Si bien los países de América Latina y el Caribe tradicionalmente han utilizado incentivos tributarios basados en la exoneración del ISR, se observa una tendencia creciente hacia la implementación de regímenes de depreciación acelerada. Ejemplos de ello son Argentina, Colombia y Brasil, cuyas legislaciones contemplan de manera generalizada mecanismos que habilitan la depreciación acelerada para determinados sectores o tipos de activos.
Por su parte, Perú adoptó esta medida de forma transitoria hasta el año 2030, y México, a través del denominado Plan México de 2024 orientado a impulsar la inversión, el empleo y el encadenamiento productivo, ha autorizado la depreciación acelerada también hasta el 2030.
Depreciación acelerada en RD
En República Dominicana, el régimen de competitividad e innovación industrial, establecido en 2007 bajo la Ley 392-07 (ley de Proindustria) y modificado en varias ocasiones hasta el año 2020, incorpora la depreciación acelerada y la deducción inmediata como incentivos tributarios para la adquisición de determinados activos incluidos de manera expresa en la ley. Estos incentivos aplican a las industrias acogidas al régimen y cuentan con una vigencia extendida hasta el año 2035.
Luego de 15 años de implementación, el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) y la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD) publicaron en 2024 el estudio “Evaluación de Impacto de los beneficios fiscales del régimen de competitividad e innovación industrial”.
El informe concluye que el Régimen de Competitividad e Innovación Industrial cumplió con el propósito para el cual se diseñó durante sus 15 años de aplicación, en los cuales registra un aumento en la productividad industrial, fomenta la innovación y genera un impacto económico positivo al compararse con aquellas industrias que no recibieron incentivos.
Además, el estudio indica que las industrias incorporadas al régimen de incentivos tributaron más impuestos que las no acogidas, lo que sugiere que la renuncia fiscal inicial se tradujo en mayores pagos tributarios en los años posteriores.
Conclusiones
Recientemente, el Poder Ejecutivo emitió dos decretos enfocados en identificar y promover reformas para el desarrollo nacional a mediano y largo plazo: el Decreto 337-24 Meta RD 2036 y el Decreto 408-25 sobre la adhesión del país a la OCDE. El objetivo principal del primer decreto es coordinar las reformas necesarias para duplicar el PIB per cápita hacia 2036.
Por su parte, la posible adhesión a la OCDE busca contribuir a este propósito, considerando que esta organización ha pasado de estar compuesta únicamente por países desarrollados a ser una entidad multilateral orientada a promover buenas prácticas en políticas públicas para el desarrollo económico, especialmente en materia tributaria, lo que facilita la cohesión y coordinación entre los Estados miembro.
En este contexto, cuando llegue el momento de analizar el sistema tributario y los regímenes de incentivos actuales, resulta pertinente que el gobierno considere implementar la depreciación acelerada hasta el año 2035 en la adquisición de maquinarias como incentivo fiscal para aquellos sectores de la industria local que no están acogidos a la ley de Proindustria.
