El Poder Ejecutivo emitió este miércoles el decreto 256-21 que modifica los artículos 5, 7, 10 y 18 que establece el reglamento sobre precios de transferencia.

La presidenta en funciones de la República Dominicana, vicepresidenta Raquel Peña, emitió el decreto que sostiene que el Reporte País por País ha sido regulada de acuerdo con el estándar internacional planteado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en la Acción 13 del Plan de Acción contra la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (BEPS)-Informe Final 2015, siendo el objeto de dicho reporte el obtener información tributaria consolidada, relacionada con la distribución global de los ingresos, impuestos pagados y actividades de negocio de cada una de las entidades pertenecientes a un grupo multinacional.

El precio de transferencia es el que pactan dos empresas asociadas para transferir, entre ellas, bienes, servicios o derechos.

Este precio es relevante, en el ámbito tributario, cuando las entidades que pactan el precio tienen vínculos de propiedad o de administración entre sí, (entidades “relacionadas”) lo que podría facilitar que la fijación del precio no se realice en las mismas condiciones que hubiesen sido utilizadas por entidades que no mantengan estos vínculos.

A continuación el decreto integro: 

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