Significa que en promedio por cada año se dispuso de 31,841 pensiones; las de tipo solidario totalizaron 43,555, de acuerdo con las estadísticas oficiales

En la actual gestión de tres años de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJP), equivalente al Gobierno, se han entregado 95,525 pensiones en diversas modalidades (solidarias, especiales, del IDSS, civiles y policiales). Esto promedia las 31,841.67 pensiones por año.

Las pensiones solidarias otorgadas en el período citado suman 43,555 y se han destinado principalmente a ciudadanos en condiciones de vulnerabilidad, como los envejecientes, los discapacitados y las madres solteras.

Las pensiones solidarias han sido un pilar crucial para ciudadanos en condiciones frágiles. Antes de la actual administración, en 2020, solo se habían entregado 9,429 de estas pensiones. El director de la DGJP, Juan Rosa, informó sobre estos números en un encuentro con la prensa a media mañana de ayer.

Desde mediados de agosto de 2020, cuando el actual Gobierno asumió el timón del Estado, se han ajustado 100,369 pensiones y se han otorgado pensiones especiales a distintos gremios profesionales, entidades sindicales y comunitarias. Profesionales y organizaciones gremiales han sido beneficiados con pensiones especiales, incluidos agrónomos, portuarios, cronistas de arte, locutores, reporteros gráficos, cañeros, abogados, bomberos, periodistas y economistas.

Los médicos y gremios del sector salud también han sido beneficiados, con 5,718 pensiones otorgadas. Además, se han aplicado reajustes de montos de pensión a 943 galenos.

En la actividad se hizo referencia a las pensiones del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS), entregadas, que ascienden a 15,914 para aquellos que han cumplido con las 400 o más cotizaciones requeridas. Además, se otorgaron 7,558 pensiones por resolución de acuerdo a la Ley 1986-48, y 874 pensiones que benefician a los extrabajadores cañeros de la República Dominicana.

“Estas cifras reflejan la importancia de múltiples vías para el acceso a las pensiones”, explicó Rosa.

La DGJP dijo a través de su director que ha promovido el diálogo abierto y la transparencia en torno a temas sensibles como el sistema previsional de la República Dominicana. “De ahí la importancia de este conversatorio sobre el “Sistema Dominicano de Pensiones, dirigido a ustedes, periodistas de diferentes medios de comunicación”, apuntó.

En el evento se abordaron temas relacionados con los orígenes del sistema pensional, sus beneficios y las leyes que lo componen y que sirven de “sombrilla”.

Juan Rosa hizo referencia al traspaso del Sistema de Capitalización Individual al Sistema de Reparto. Esto se logró con la Resolución 572-07 del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), del 06/07/2023, marcando un hito histórico en reconocer los derechos adquiridos, amparados en el artículo 43 de la Ley 87-01, en que se modifica la resolución número 289-03, del CNSS, y contempla varios requisitos. Uno de ellos es haber sido afiliado a una AFP, tener 60 años al momento de solicitar el traspaso y tener derechos adquiridos al solicitar ese traspaso (mínimo 20 años).

El encuentro del miércoles ofreció un espacio para la discusión de temas relacionados con el sistema de pensiones y jubilaciones, considerado uno de los pilares fundamentales para la seguridad financiera de los ciudadanos.

Además, la transmisión en vivo a través de la plataforma Facebook Live permitió que un público aun más amplio se uniera a la conversación sobre el futuro de las pensiones en el país.

Precisiones a considerar

La DGJP no solo se encarga de las pensiones, sino también de administrar carteras de pensiones que antes funcionaban en otras instituciones públicas, como los planes de pensiones del Ayuntamiento del Distrito Nacional y la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD).

Además, existen leyes vinculadas al sistema de reparto estatal, como la Ley 590-16 que crea el Plan de Reparto Especial de la Policía Nacional (PRPN) bajo la administración de la DGJP.

La Ley 414-98 regula la jubilación de los médicos del sector público, quienes se retiran con el 100% de su salario. También, la Ley 275-81 y la Ley 85-99 regulan el otorgamiento de pensiones a personas destacadas en el deporte. Mientras, la 397-19 disolvió el IDSS y traspasó la administración de la Gerencia de Pensiones y el Autoseguro a la DGJP.

Antigüedad en el servicio y los montos

El Sistema de Reparto ofrece tres tipos de pensiones: la de antigüedad en el servicio, la de discapacidad y la de sobrevivencia. La pensión por antigüedad se aplica a afiliados que han prestado servicios durante 20 años o más y han cumplido 60 años. Los montos varían según los años de servicio y la edad, con una base de cálculo en el salario promedio de los últimos tres años de servicio. Además la DGJP expone sobre los requisitos necesarios para solicitar esa pensión.

Ayer se habló del “Autoseguro”, una unidad establecida por la Ley 87-01 para cubrir el seguro de vida y discapacidad de los afiliados que permanecen en las leyes 379-81 y 1896-48. Con la promulgación de la Ley número 397-19, el Autoseguro pasa a ser administrado por la DGJP. Además, se detalla el seguro de vida o sobrevivencia aplicable a los afiliados activos que fallecen. La actividad de socialización con la prensa fue un espacio o plataforma que permitió resaltar la importancia de las pensiones solidarias, que son pensiones no contributivas destinadas a la población vulnerable. Además, se conversó sobre cobertura de Seguro Familiar para jubilados de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, que se divide en dos regímenes: el subsidiado y el contributivo, según los ingresos y la pensión de los beneficiarios.

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