Durante los últimos 20 años, la economía de la República Dominicana ha tenido un desempeño de poca frecuencia de riesgos fiscales, pero los que ha tenido han sido con niveles de impacto considerables.

Así lo expresa un informe citado en el proyecto de Presupuesto General del Estado 2023, que destaca para la República Dominicana los riesgos fiscales identificados como los de mayor “impacto fiscal potencial en el corto y mediano plazo son riesgos asociados a choques macroeconómicos, en particular los relacionados a fluctuaciones de los precios de los commodities y otras perturbaciones externas”.

El análisis, elaborado por la Dirección General de Presupuesto (Digepres), enfatiza que además de esos factores, “se destacan las finanzas de las empresas del Estado, principalmente las del sector eléctrico, los desastres naturales y riesgos asociados al sistema financiero”.

Dice que “otros riesgos de menor incidencia incluyen la deuda de los gobiernos locales, las sentencias condenatorias en contra del Estado, obligaciones futuras del sistema de pensiones de reparto del Estado y los compromisos asociados a los contratos de Alianza Púbico-Privada”.

En la parte introductoria del estudio se definen los riesgos fiscales como la incertidumbre asociada a factores que pueden producir desviaciones potenciales en los ingresos, gastos y resultados fiscales con respecto a los valores esperados, y pueden afectar la sostenibilidad fiscal del país en el mediano plazo o representar una amenaza en el largo plazo”. Estos riesgos hacen referencia a situaciones que surgen por choques macroeconómicos o la materialización de pasivos contingentes, que pueden impactar tanto en el presupuesto anual como en la planificación fiscal.

Los factores causantes

El estudio precisa que los factores de riesgo inherentes a cada país son determinados por las condiciones propias de la economía, la estructura institucional y la posición geográfica en la que se encuentre. “En términos de las características económicas, el tamaño, la composición sectorial, y el grado de apertura e integración económica definen la exposición a los riesgos fiscales. Desde la perspectiva institucional, la composición de las principales cuentas fiscales y la estructura de gobernanza en materia fiscal determinan la capacidad de respuesta de las finanzas públicas ante distintas perturbaciones”.

Precisa que “los factores geográficos y climáticos, por su parte, influyen por igual sobre el nivel de riesgo fiscal dados los niveles de incertidumbre y la potencial magnitud de los daños asociados a fenómenos de distinta naturaleza”.

El estudio dice que según las buenas prácticas del Manual de Transparencia Fiscal del Fondo Monetario Internacional (FMI), los gobiernos deben gestionar, analizar y divulgar los principales riesgos fiscales presentes para las finanzas públicas y garantizar una coordinación eficaz de la toma de decisiones al respecto en el ámbito del sector público. “Si bien cada país adopta su propia clasificación, las principales categorías de riesgos fiscales pueden clasificarse según varios criterios dependiendo de los propósitos del análisis”, precisa y agrega que en este sentido, el Centro Regional de Asistencia Técnica y Formación del FMI para Centroamérica, Panamá y la República Dominicana (Captac-DR) clasifica los riesgos fiscales en tres categorías principales de acuerdo con su naturaleza: riesgos macroeconómicos, específicos e institucionales.

Los riesgos pueden ser de tres denominaciones

El estudio clasifica tres grandes riesgos:

  1. Riesgos macroeconómicos: estos surgen a partir de desviaciones en los pronósticos para las variables macroeconómicas clave que provocan distorsiones en los resultados y en el desempeño fiscal. Las perturbaciones en variables como el PIB, la inflación, las tasas de interés, los precios de los commodities, y los tipos de cambio pueden tener grandes implicaciones para los ingresos, gastos y financiamiento del Gobierno.
  2. Riesgos fiscales específicos: estos se originan por la materialización de ciertos pasivos contingentes, es decir, obligaciones del Estado que surgen ante eventos particulares de naturaleza incierta. Los pasivos contingentes se clasifican en explícitos e implícitos. Los explícitos, son las obligaciones sujetas a condiciones especificadas de forma legal o contractual, mientras que los implícitos no están especificados legalmente, pero surgen como resultado de coyunturas políticas o presiones sociales.
  3. Riesgos estructurales o institucionales: se definen como las limitaciones institucionales en cuanto al manejo y capacidad de mitigar de forma efectiva los riesgos fiscales

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