El futuro manejo del mercado eléctrico dominicano será mayoritariamente privado y solo en la generación hidroeléctrica mayor a cinco megavatios y en la transmisión de energía del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI) se mantendrá el carácter monopólico del Estado.

El proyecto de Pacto Eléctrico negociado en el seno del Consejo Económico y Social hace la precisión en la parte que define el rol del Estado.

“Se reafirma que las funciones esenciales del Estado son de carácter normativo, promotor, regulador y fiscalizador, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 125-01 y sus modificaciones, así como la de fomentar la iniciativa privada y la participación en la actividad comercial bajo el principio de subsidiaridad, en los términos previstos en el artículo 219 de la Constitución”, dice el documento entregado la semana pasada al presidente Danilo Medina por una comisión encabezada por el presidente del Consejo Económico y Social, monseñor Agripino Núñez Collado. El documento precisa que “el Estado dominicano fortalecerá el ejercicio de estas funciones esenciales en la prestación del servicio eléctrico, ya sea provisto por empresas públicas, privadas o mixtas, de manera que dicha prestación responda a los principios de universalidad, accesibilidad, eficiencia, transparencia, responsabilidad, continuidad, calidad, razonabilidad y equidad tarifaria previstos en la Constitución”.

El documento, pendiente de firma por los sectores que lo discutieron, una vez el Poder Ejecutivo lo apruebe, plantea que “el Estado mantendrá su participación con carácter monopólico en la generación hidroeléctrica mayor de 5 MW y la transmisión de energía del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI)”.
Manda que el Estado promueva la participación de los sub-sectores privado y solidario en las actividades de generación y distribución eléctrica, ya sea mediante concesión, autorización, asociación en participación, transferencia de la participación accionaria u otra modalidad contractual, de conformidad con la Constitución y la Ley 125-01”.

Manda una resolución

Dispone que la Superintendencia de Electricidad (SIE) deberá emitir mediante resolución, en un plazo no mayor de un año contado a partir de la firma del Pacto Nacional para la Reforma del Sub-sector Eléctrico, una normativa que establezca las condiciones necesarias para que las Empresas Distribuidoras puedan subcontratar la actividad de comercialización, para mejorar la gestión, bajo un sistema transparente de contratación de servicios vía licitación pública con empresas privadas o de capital mixto y cooperativas eléctricas y entes y órganos con capacidad legal, previamente aprobadas por la SIE.

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