Patronos piden CNS rediscuta alza 20% al salario mínimo

La Confederación Patronal de la República Dominicana (Copardom) y la Confederación Dominicana de la Pequeña y Mediana Empresa (Codopyme) presentaron formal Recurso Administrativo contra la resolución del Comité Nacional de Salarios, que aumenta&#823

La Confederación Patronal de la República Dominicana (Copardom) y la Confederación Dominicana de la Pequeña y Mediana Empresa (Codopyme) presentaron formal Recurso Administrativo contra la resolución del Comité Nacional de Salarios, que aumenta un 20% al salario mínimo nacional para el sector privado no sectorizado.En una instancia firmada conjuntamente por Fermín Acosta, presidente de Copardom, y Luis Miura Ramírez, presidente de Codopyme, se plantean objeciones “debidamente razonables a lo decidido por el Comité Nacional de Salarios respecto de las tarifas de salarios mínimos recomendadas para el sector privado no sectorizado de fecha 31 de marzo de 2017”. Precisan que la resolución fue publicada “para dar inicio a los plazos establecidos en la ley 16-92 que instituye el Código de Trabajo, el día 6 de abril del corriente año”.

Argumentos

El Recurso Administrativo fue incoado ante el Ministerio de Trabajo y en el mismo establecen los argumentos legales, normativos y económicos que sirven de base para objetar la decisión del Comité Nacional de Salarios. Busca que se rediscuta la revisión del salario mínimo en el Comité Nacional de Salarios.

Las agrupaciones recurrentes pidieron que la resolución 05/2017 sea devuelta al Comité Nacional de Salarios a fin de que la misma sea rediscutida y cualquier decisión incorpore la reclasificación de empresas ordenada por la Ley 488-08 sobre el Régimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes). Copardom y Codopyme consideran que el incremento de salarios mínimos del 20% al no estar acorde a las posibilidades de las micro, pequeñas y medianas empresas se constituiría en un elemento negativo para la generación de empleos formales y la formalización de las unidades productivas, y un incentivo para los despidos de trabajadores.

Lamentaron que, antes de proceder con el incremento de 20% de los salarios, no se diera cumplimiento al numeral séptimo de la Resolución 1/2015, del 20 de mayo de 2015, sobre Salario Mínimo Nacional para los trabajadores del Sector Privado No Sectorizado, que establece los criterios para la clasificación de las Mipymes.

Recordaron que en la Resolución 1/2015 se aprobó de manera tripartita conformar una comisión integrada por representantes de los ministerios de Trabajo, Industria y Comercio, DGII, TSS, los sectores laboral y empleador, a fin de identificar la clasificación de cada una de las empresas.

Salarios fijados por CNS van hasta RD$15,447.60

La resolución recurrida por Copardom y Codopyme elevó el salario mínimo mayor a RD$15,447.60, el intermedio a RD$10,620 y el menor a RD$9,411.60. En todos los casos se tomó como referencia el valor de los activos. Para el caso de los trabajadores que ofrecen servicios de vigilantes en empresas de vigilancia, el salario mínimo fue fijado en RD$13,032 y para los jornaleros agrícolas se estableció en RD$320 en jornada de 10 horas.

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