Para el cotizante es vital saber desde la administradora a que está afiliado, hasta el negocio donde van sus ahorros

Son múltiples las interrogantes y dudas que a menudo tienen los cotizantes de la seguridad social, relacionados con el dinero que están ahorrando para su pensión. Es un dinero que les pertenece, porque es el fruto de su trabajo. Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), se encargan de su manejo y de ponerlo a producir.

El periódico elCaribe ha querido responder a cada una de esas preguntas que pueden surgir, y para ello ha tomado como base lo explicado por la Superintendencia de Pensiones (Sipen). El cuestionario, ampliado con respuestas incluidas, es este:

¿Cómo puedo saber a qué AFP estoy afiliado?

En la página web o de internet de la Superintendencia de Pensiones (Sipen) puedes seleccionar la opción Consulta de AFP y completar los campos requeridos. Este es el enlace de acceso directo:

https://www.sipen.gob.do/index.php/servicios/consulta-de-AFP.

Puedes descargar la aplicación para celular (APP) Sipen de forma gratuita en equipos compatibles con el Sistema Android, en Play Store, colocando Sipen o Superintendencia de Pensiones.

También se puede hacer de manera telefónica llamando a los teléfonos 809-688-0018 y 829-688-0018, en la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) al 809-742-1900.

¿Cómo saber cuánto dinero tengo en mi fondo de pensiones?

Si estás afiliado a una AFP, entonces posees una cuenta de capitalización individual (CCI) en la que se van acumulando tus aportes junto a los de tu empleador y el rendimiento por las inversiones de estos. De manera semestral tu AFP debe remitirte un estado de cuenta personal con estas informaciones.

Y si no estás recibiendo este reporte, entonces dirígete en esta página web, a la opción Reclamación de Estados de Cuenta. Completa los campos con tus datos para que la AFP a la que estás afiliado te pueda enviar tu estado de cuenta de capitalización individual, en el que encontrarás el detalle de tu fondo acumulado. Este es el enlace de acceso directo: https://www.sipen.gob.do/index.php/servicios/reclamacion-de-estados-de-cuenta

¿Puede una persona recibir una pensión por su cónyuge fallecido, si estuvieron juntos por largo tiempo, aunque no casados?

Sí. Dentro de los beneficiarios contemplados de las Pensiones por Sobrevivencia están el (la) cónyuge sobreviviente (ya sea matrimonio legal o unión de hecho).

¿Puede una persona pensionada por antigüedad en una empresa retirar aportes realizados a otra AFP a la cual pertenece?

En caso de que hayas adquirido los derechos y recibido una pensión por antigüedad en una empresa y a la vez seas afiliado de ingreso tardío en una AFP con cotizaciones efectivas al sistema, preservas tus derechos adquiridos como tal. Puedes leer sobre los requisitos y documentos necesarios para la solicitud de sus beneficios en el enlace http://educacionprevisional.gob.do/mi_jubilacion.php seleccionando “afiliado de ingreso tardío”.

¿Cuál es el tiempo de espera para procesar una solicitud de pensión por sobrevivencia?

La AFP tiene un plazo establecido de hasta 10 días calendario a partir de la recepción de la totalidad de la documentación requerida, para remitir el expediente a la compañía de seguros a fines de evaluación. Las compañías de seguros, tienen un plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la recepción de la documentación completa y correcta, para dar respuesta a la solicitud de pensión a los beneficiarios.

¿Puedo retirar los fondos que tengo acumulados en mi cuenta de la AFP?

La devolución de saldo de la cuenta de capitalización individual es un beneficio transitorio dispuesto para los afiliados de ingreso tardío (afiliados que cuentan con 45 años o más al momento en que el empleador realiza el primer pago a la Tesorería de la Seguridad Social por concepto de aportes previsionales del trabajador) o para afiliados con una enfermedad terminal.

¿Qué sucedió con las contribuciones que hice al seguro social antes de la existencia de las AFP?

En caso de haber realizado aportes al Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS)como asegurado bajo la Ley 1896, sobre Seguros Sociales, puedes obtener la información correspondiente a los requerimientos para solicitar una Pensión por Vejez en el enlace:

https://www.dgjp.gob.do/es/web/guest/solicitud-de-pensi%C3%B3n-otorgada-por-las-leyes-nos.-1896-275-81-y-85-99. Adicionalmente, puedes contactar a la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social-DIDA: (809) 472-1900 o vía web http://dida.gob.do/.

He sido profesor (a) por muchos años y quisiera retirarme, ¿cómo puedo conseguir mi pensión?

Si eres maestro/a del Ministerio de Educación y cumples con los requisitos para optar por una pensión debes dirigirte al Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (Inabima).
Requisitos necesarios para jubilación por tiempo en servicio son estos:

• Ser docente del Ministerio de Educación (Minerd) y haber adquirido el derecho a la jubilación automática.

• Haber cumplido 30 años en el servicio docente, en el Ministerio de Educación, sin importar la edad.

• Haber cumplido 25 años en el servicio docente en el Ministerio de Educación y 55 años.

• Haber cumplido 60 años y 20 años en el servicio docente en el Ministerio de Educación.

En el enlace https://inabima.gob.do/servicios/jubilacion-por-tiempo-en-servicio/#1497205508245-3a1e7ec4-b2e9 hay más información

Trabajé hostelería desde el año 1983 hasta el 2000, ¿cómo puedo obtener información de mi fondo de pensiones?

Tomando en cuenta que usted realizó cotizaciones antes del inicio de operaciones del Sistema de Capitalización Individual en el referido sector, puedes consultar en el enlace http://www.fondohotel.com/FondoHotelero/consulta.html, donde podrás determinar si te encuentras registrado como Afiliado/del Fondo de Bienestar Social de los Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos. De igual manera, puedes dirigirte a sus oficinas en la Calle Presidente Irigoyen número 6, Zona Universitaria o llamar al (809) 533-1503.

Mi abuelo recibía una pensión por antigüedad del sector público pero falleció, ¿Es posible que sus hijos
reclamen ese derecho?

Las pensiones por sobrevivencia del Sistema de Reparto (Estatal) son otorgadas a hijos/as menores de 18 años sobrevivientes de un pensionado fallecido que previamente haya autorizado el descuento del 2 %, según lo establecido en el Párrafo I del artículo 6 de la Ley 379-81.

Para más información dirígete a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJP) y solicita información al respecto. El teléfono es 809-687-2222 extensión 5536, y el correo es [email protected]

¿Cuánto me descuentan de mi salario para el fondo de pensiones?

Como empleado aportas al Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia el 2.87 % del salario cotizable, mientras que tu empleador aporta un 7.10 % adicional. Del total, el aporte destinado a tu Cuenta de Capitalización Individual es un 8.40 % de tu salario, donde se acumula e invierte generando rentabilidad para tu futura pensión. Actualmente, el salario máximo cotizable es de RD$269,640.00, por tanto, en caso de que devengues un salario superior a este tope, el aporte sólo será el 8.40 % del monto máximo establecido.

¿Podría perder por cualquier circunstancia una pensión estatal?

La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP) del Ministerio de Hacienda, detalla en su página web (https://www.dgjp.gob.do/web/guest/preguntas-frecuentes) que se pierde el beneficio de una pensión con el deceso del (la) pensionado(a); al contraer matrimonio o tener una nueva unión de hecho, si se trata de una Pensión por Sobrevivencia a Cónyuge o Concubino(a) y el (la) beneficiario(a) contrae matrimonio o tiene una nueva unión de hecho; al cumplir los 18 años, si se trata de una pensión por sobrevivencia a un menor de edad, y por caducidad, en caso de una pensión temporal.

¿Por cuáles motivos puede ser un pensionado suspendido o excluido de nómina?

Si se encuentra laborando en la administración pública y su pensión es incompatible; si se detecta fallecido por cruce de datos con el padrón de la Junta Central Electoral, cuando se reporta en la DGJP el fallecimiento del pensionado, por notificación de fallecido con acta de defunción, si no es posible localizar al pensionado a través de los datos de contacto disponibles. Y si su caso no se corresponde con al menos una de las condiciones descritas, contacta a la DIDA al (809) 472-1900.

Si me pensiono por enfermedad, ¿cuál sería el monto de mi pensión y qué sucede con el dinero acumulado en mi fondo de pensión?

La pensión por discapacidad se otorga en función del grado de discapacidad del trabajador y el salario base que es el promedio del salario cotizable indexado de los últimos tres años a partir del siniestro de la manera siguiente: Entre un medio (1/2) y dos tercios (2/3) califica para la discapacidad parcial. Al afiliado le corresponde una pensión por discapacidad del 30 % del salario base.

En dos tercios (2/3) o más califica para la discapacidad total. Al afiliado le corresponde una pensión por discapacidad del 60 % del salario base.

En caso de estar afiliado a una AFP, los aportes realizados a la Cuenta de Capitalización Individual (CCI) continúan siendo propiedad exclusiva del afiliado y serán utilizados para otorgarle los beneficios de vejez que le correspondan al momento de cumplir con los requisitos establecidos. En el portal web de Educación Previsional hay más detalles.

Si tengo una pensión por sobrevivencia pero al mismo tiempo he estado realizando aportes por muchos años, ¿me correspondería luego una pensión por vejez o antigüedad?

Ambos beneficios son independientes el uno del otro. En caso de estar afiliado a una AFP, posees los derechos que el sistema de capitalización individual establece para sus afiliados a través del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia. Si has estado cotizando a la seguridad social a través del Ministerios de Hacienda (Sistema de Reparto) puedes dirigirte al enlace https://www.dgjp.gob.do/web/guest/servicios para conocer los requisitos para el retiro.

Necesito un documento que evidencie que actualmente no estoy recibiendo una pensión, ¿cómo puedo conseguir esta certificación?

En caso de ser afiliado del Sistema de Reparto (Ministerio de Hacienda) puedes realizar la solicitud a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, mediante el enlace https://www.dgjp.gob.do/es/web/guest/solicitud-de-certificaciones-de-pensi%C3%B3n-y-no-pensi%C3%B3n, siguiendo los pasos correspondientes en la opción Solicitud de Certificaciones de Pensión y no Pensión podrás obtener su certificación en línea. Si perteneces al Sistema de Capitalización Individual, debes depositar en la Sipen una comunicación escrita solicitando la certificación de beneficios de pensiones de vejez, discapacidad y sobrevivencia. Para más información puedes llamar a los teléfonos 809-688-0018 y 829-688-0018.

Estoy afiliado en Hacienda, ¿por qué no recibo mi estado de cuenta?

La naturaleza del régimen de pensiones administrado por el Ministerio de Hacienda es de reparto, por lo que no existe una acumulación de fondo individual ni cuentas individuales, siendo este el origen del estado de cuenta en el sistema de capitalización.

¿Qué porcentaje aporta el trabajador y la empresa?

El trabajador realiza un aporte del 2.87 % de su salario y la empresa (empleador) aporta el equivalente a un 7.10 % del salario del trabajador.

Me quiero traspasar de AFP, pero me ponen muchas trabas, nunca hay sistema, ¿qué debo hacer?

Debes llamar a la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) 809-688-0018 y reportar esta situación o en su defecto, llamar a la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) 809-742-1900.

¿Si mi AFP quiebra que va a pasar con mis fondos?

Tu Cuenta de Capitalización Individual será traspasada a otra AFP; en dicho proceso el afiliado tendrás el derecho a elegir a qué AFP deseas traspasarte en un plazo de 30 días.

Nunca he recibido mi estado de cuenta, ¿qué hago?

En caso de estar afiliado a una AFP, dirígete en a la página web, a la opción Reclamación de Estados de Cuenta. Completa los campos con tus datos para que la AFP a la que estás afiliado te pueda enviar el Estado de Cuenta de Capitalización Individual, en el que encontrarás el detalle de tu fondo acumulado. El enlace es:
https://www.sipen.gob.do/index.php/servicios/reclamacion-de-estados-de-cuenta. En caso de estar afiliado al Sistema de Reparto, este no genera estados de cuenta.

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