Iglesia presenta al Congreso proyecto para impartir educación sexual en las escuelas

El presidente de la Comisión Nacional de la Vida de la Iglesia Católica, el obispo de Baní, Víctor Masalles, presentó a la Cámara de Diputados un anteproyecto de ley que crea la asignatura de “Introducción a la Sexualidad Humana”, la cual sería impartida a partir del séptimo grado y hasta cuarto de media, en el sistema educativo dominicano.

El presidente de la Comisión Nacional de la Vida de la Iglesia Católica, el obispo de Baní, Víctor Masalles, presentó a la Cámara de Diputados un anteproyecto de ley que crea la asignatura de “Introducción a la Sexualidad Humana”, la cual sería impartida a partir del séptimo grado y hasta cuarto de media, en el sistema educativo dominicano.

La iniciativa del obispo fue presentada ayer durante la celebración en esa ciudad sureña del Séptimo Foro Legislativo para el Desarrollo, que auspicia la Cámara de Diputados y los legisladores de esa demarcación escucharon distintas propuesta que hicieron personas e instituciones, indica una nota de prensa.

El texto presentado por Masalles dice que será responsabilidad del Ministerio de Educación de la República Dominicana la formulación de los contenidos a ser impartidos.

“Se reconoce el derecho de cada Federación y Asociación de Padres de alumnos de Escuelas Públicas, Liceos y Colegios Privados, debidamente reconocida por cada centro educativo, a formular propuestas enriquecedoras, opiniones u objeciones de los currículos ante el Ministerio de Educación”, dice uno de los párrafos, indica la nota.

Las propuestas, opiniones u objeciones mencionadas en el párrafo anterior, deberán ser debidamente respondidas por el Ministerio de Educación, en la persona del Ministro de Educación, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de depósito en el referido Ministerio, agrega.

Ademas, reconoce el derecho constitucional de los padres de retirar a sus hijos de la asignatura, siempre que no estén de acuerdo con el contenido de la misma.

A tales fines, el centro educativo remitirá el currículo debidamente sancionado por el Ministerio de Educación a los padres, a los fines de que éstos comuniquen su decisión por escrito en el plazo de diez días laborables. Transcurrido este plazo sin que los padres hayan manifestado su desacuerdo por escrito, se tendrá por aprobada la participación de su hijo en la asignatura.

Artículo 5. El currículo integral de la asignatura, será definido de acuerdo a la edad y madurez de los niños, niñas y adolescentes; y reflejará los siguientes valores: el propósito de la sexualidad humana como agente de procreación, intimidad y compromiso exclusivo entre dos personas mayores de edad, del sexo opuesto así nacidas, que deben buscar la satisfacción y la felicidad del otro y la plena realización propia; la consideración de la otra persona mayor de edad como alguien a quien se le trata con responsabilidad y se busca su bien mediante la relación sexual.

También la promoción de la abstinencia de relaciones sexuales durante la minoría de edad como método idóneo de vida hasta alcanzar una madurez fisiológica, psicológica, emocional y económica que permita habiendo alcanzado la mayoría de edad sostener una relación exclusiva en el tiempo con otra persona mayor de edad del sexo opuesto y así nacida.

• El derecho irrenunciable de los padres a escoger la participación de sus hijos en la asignatura.
• El acceso a información científica y veraz sobre el peligro de las enfermedades de transmisión sexual;
• El peligro de los embarazos no deseados y el costo que éstos conllevan para las familias y el Estado;
• Las consecuencias emocionales de las relaciones sexuales ejercidas a destiempo.
• El componente ético en las relaciones sexuales

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