El proceso judicial contra los transportistas Arsenio Quevedo y Erickson de los Santos Solís no ha terminado, ahora se tendrá que celebrar un nuevo juicio.

Esto así ya que la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional anuló ayer en todas sus partes la sentencia que descargó Quevedo y de los Santos Solís de las acusaciones de liderar una red de sicariato que dio muerte a tres choferes.
Por lo que ordenó la celebración total de un nuevo juicio a los fines de que se examinen los hechos y se valoren nuevamente las pruebas de la acusación.

Los magistrados Rafael Báez, juez presidente, Ramona Rodríguez, y Daysi Montas, acogieron los recursos de apelación interpuesto por el Ministerio Público y los familiares de los choferes victimas del suceso.

El tribunal de alzada dio su fallo, el cual fue prorrogado dos veces, tras conocer el recurso de apelación contra la decisión que tomó el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional en marzo del pasado 2018, con la cual, además de absolver a Quevedo y de los Santos Solís, también condenó a Amauris Cabreras y Danilo Octavio Reinoso a 30 años de reclusión carcelaria por la muerte de los choferes Mateo Nieve de Jesús, Overnys Guerrero y Ángel Javier.

Voto disidente de jueza

La decisión del tribunal contó con el voto disidente de la magistrada Daysi Montás, quien indicó que probablemente la suerte del caso del caso habría sido otra si a los fines de la acusación se entendía necesario demostrar ese móvil o acto generador de este hecho delictivo, y su vinculación a otros procesados, las partes acusadoras debían haber puesto en condiciones, tanto al Tribunal a quo (el de primera instancia) como a a la Corte con la exhibición de todas las pruebas, para generar sentencia condenatoria contra los demás procesados habiendo roto de forma contundente, sin tropiezos procesales y más allá de duda razonable, la presunción de inocencia de todos los demás procesados.

“Y probablemente la suerte del caso habría sido otra. Presentadas todas estas circunstancias, a mi consideración la Corte no podía actuar de otra forma, sin perder su esencia de tercero imparcial”, dijo.

“Mi voto se ha sostenido en que era posible subsanar las debilidades en la motivación de la sentencia de marras, los equívocos en la valoración de las pruebas, así como la aplicación errónea de la norma hecha por las juezas del Tribunal a quo, aunque se concluyera confirmando la parte dispositiva de aquella sentencia”, sostuvo.

La Cámara Penal del DN apoderará a un tribunal

Ahora la decisión del tribunal de alzada será remitida hacia la Presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional. Cuando el expediente llegue, el juez presidente de esta cámara, Teófilo Andújar, apoderará a un nuevo tribunal mediante sorteo para que conozca el caso. El Tribunal Colegiado, que no podrá estar compuesto por uno de los jueces que no conocieron el caso en primera instancia, fijará una fecha para iniciar con el juicio otra vez.

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