El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional acogió parcialmente la solicitud de variación de medida de coerción hecha por la defensa de Juan Alexis Medina Sánchez.

La jueza, Yissell Soto, que conoció la solicitud realizada por el acusado, eliminó el arresto domiciliario y el uso del localizador electrónico (grillete), en cambio el acusado deberá pagar una garantía económica ascendente a 60 millones de pesos y tendrá impedimento de salida del país.

Juan Alexis Medina Sánchez y compartes fueron enviados a juicio el pasado 7 de febrero por decisión del mismo juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.

Ese juzgado ordenó también un embargo conservatorio en favor del Estado dominicano como querellante.

El expediente acusatorio establece que Medina Sánchez creó un entramado societario y, utilizando tráfico de influencias, al ser hermano del expresidente de la República Danilo Medina Sánchez (periodos constitucionales 2012-2016, 2016-2020), realizó un conjunto de maniobras fraudulentas, en asociación con funcionarios.

Especifica que se hizo adjudicar a su nombre, así como a terceros, obras, bienes y servicios del Estado, operando como criminalidad organizada.

Los tipos penales en que habrían incurrido los procesados incluyen, la asociación de malhechores, estafa contra el Estado, desfalco, complicidad para desfalco, soborno activo y pasivo y uso de documentos falsos, así como financiamiento ilícito de campañas políticas, tráfico de influencia y lavado de activos.

También, coalición de funcionarios, concusión, tráfico de influencia y falsedad en escritura pública, así como falseamiento y omisión en la declaración jurada, enriquecimiento ilícito, prevaricación, uso de prestanombres y testaferrato.

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