La Cámara Alta no objeta las observaciones del Ejecutivo a ley de residuos sólidos

En su sesión extraordinaria de ayer, el Senado acogió las observaciones del Poder Ejecutivo a la nueva Ley de Residuos Sólidos, y la pieza pasará a la Cámara de Diputados, para su aprobación o rechazo.

La Ley devuelta a la Cámara Alta tuvo tres semanas de estudio en una comisión especial, presidida por el senador Guillermo Lama (PRM-Bahoruco), la cual se reunió con algunos sectores que tenían opiniones sobre la normativa.

Las sugerencias del presidente de la República fueron refrendadas en única lectura por 22 de los 24 senadores presentes en la sesión, siendo rechazadas por Cristóbal Venerado Castillo (PRM-Hato Mayor) y Eduard Espiritusanto (FP-La Romana).

En sus observaciones a la legislación que modifica la Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos (Ley 225-20), el Ejecutivo sugiere al Congreso Nacional eliminar el artículo 20 de la Ley, el cual obliga a las empresas fabricantes de cemento (cementeras) a incorporar derivados de residuos sólidos nacionales como combustible alternativo en sus calderas.

El presidente Luis Abinader remitió las observaciones al Senado a principios de noviembre pasado, en un documento de 28 páginas, en el que toca 19 artículos de la Ley; sugiere nuevos textos para ser incorporados; así como redacción propuestas de los textos a ser modificados.

El párrafo I del artículo 20 de la legislación en cuestión establece que las empresas fabricantes de cemento que produzcan clinker deberán incorporar de manera progresiva el uso de combustibles alternos, con el fin de sustituir total o parcialmente los combustibles fósiles utilizados en sus hornos, mediante procesos de coprocesamiento debidamente regulados.

Mientras, el párrafo II indica que el Ministerio de Medio Ambiente emitirá la normativa correspondiente, en un plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigencia de la ley, para la aplicación de lo establecido en este artículo. Si la Cámara Baja acoge las observaciones, el artículo quedará suprimido en su totalidad.

Empresas mezcladoras de asfalto

El Poder Ejecutivo también propone la eliminación de los párrafos I y II del artículo 21 de la nueva Ley: el primero obliga a las empresas mezcladoras de asfalto a incorporar un porcentaje de material reciclado de plástico en su producción, el cual será determinado mediante normativa del Ministerio de Medio Ambiente.

Se corrige artículo tres de supuesto monopolio

Otra de las observaciones es al artículo 3 de la ley aprobada, que, entre otras acciones, agrega los numerales 21-bis y 47-bis al artículo 4 de la Ley 225-20; y adición del párrafo VII al artículo 116 de la referida pieza. El apartado ha sido uno de los más reclamados por sectores que pedían al presidente Abinader sea revisado, al considerar que, tras establecer una planta de tratamiento de residuos sólidos por cada una de las regiones, se crea un monopolio.

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