La Cámara de Diputados aprobó ayer en segunda lectura, con modificaciones, un proyecto de ley que aumenta de un 25 a un 30 por ciento la partida presupuestaria de las alcaldías correspondientes al pago de la nómina y gastos del personal que ejerce funciones administrativas.
Allí están incluidas “las remuneraciones de sus funcionarios electivos”. El pliego de ley es una fusión de tres piezas, sometidas por los diputados oficialistas Dharuelly Leany D’Aza Caraballo, Yancarlos Simanca Ferreras y Juan Bolívar Cuevas Davis.
La norma legal reforma el artículo 21 de la Ley 176-07, promulgada el 17 de julio de 2007, del Distrito Nacional y los Municipios, para reajustar los topes de presupuesto que distribuirán los ayuntamientos.
El documento legislativo reduce de un 71 a 65 por ciento el dinero presupuestado para atender los gastos derivados de la prestación de los diferentes servicios, la construcción, ampliación, remodelación o cualquier intervención en las infraestructuras, así como equipamientos comunitarios e inversiones de capital.
Sin embargo, la asignación calculada para programas de educación, salud y género sube de un 4 a un 5 por ciento.
La Cámara Baja eliminó el párrafo I de la iniciativa, el cual establecía que los ingresos propios recaudados por cada gobierno local serían utilizados para atender los servicios que prestan y justifican o motivan su cobro.
El pliego de ley pasará al Senado de la República para su consideración, que de acoger la pieza “tal cual”, irá al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.
Sanciones
La violación a las disposiciones señaladas en el artículo 21 de la legislación será sancionada con penas de dos a cinco años de prisión; pago de una indemnización de cinco a 20 salarios mínimos; y con la inhabilitación para el servicio público prevista por la legislación penal dominicana para estos casos.
Se establece que si el tesorero y el contralor municipal no denuncian ante las autoridades de control y persecución competentes dichas violaciones, serán castigados como infractores y con la sanción antes mencionada.
El proyecto de ley consigna, en el párrafo III del artículo 21, que la Cámara de Cuentas de la República Dominicana publicará cada año, en la forma en que determine, los resultados de las auditorías anuales realizadas a los gobiernos locales en cuanto a la eficacia y eficiencia presupuestaria de acuerdo con lo establecido en la presente ley. Hubo debates antes de la aprobación de la iniciativa.
Legisladores sacan tres artículos del proyecto
Los diputados acordaron segregar de la matriz legislativa las modificaciones a los artículos 36, 64 y 81 de la ley promulgada el 17 de julio de 2007, los cuales regulan la sucesión de vicealcaldes, subdirectores distritales y vocales de las juntas de los distritos municipales. La propuesta de ley fue aprobada en primera lectura en la sesión del pasado 28 de mayo. Las cámaras legislativas buscan un consenso con las piezas que tratan dichos artículos.