Caso Onco14: ¿qué decide realmente un juez cuando impone prisión preventiva?

Durante el último juicio registrado en el mes de junio, un tribunal de Santiago impuso 18 meses de prisión preventiva, como medida de coerción, a dos de los procesados por formar parte de una estructura que abusó del Patronato Cibaeño Contra el Cáncer para enriquecerse con maniobras fraudulentas que afectaron al Instituto Oncológico Regional del Cibao (IORC), a pacientes afectados por el cáncer y al Seguro Nacional de Salud (SeNaSa).

El caso fue declarado complejo y fueron enviados a prisión Héctor Antonio Lora Cruceta y su esposa Luisa Yasiris Guzmán, mientras que su exesposa Dilcia Isabel Vargas Sánchez deberá cumplir arresto domiciliario.

Al referirse al caso de los tres que fueron arrestados con la puesta en marcha de la Operación Onco14, la procuradora general de corte Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa, resaltó que el tribunal acogió de manera completa la solicitud formulada por el Ministerio Público.

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Operación Onco14: Sobre los hechos y los arrestados

La investigación realizada del órgano persecutor aborda hechos delictivos como el fraude clínico y farmacéutico mediante el cambio de indicaciones médicas, uso de sellos médicos falsos, doble facturación al SeNaSa y la entrega incompleta de medicamentos.

Durante la Operación Onco 14 fueron arrestados los imputados Héctor Antonio Lora Cruceta, expresidente del Consejo de la asociación sin fines de lucro (ASFL) Patronato Cibaeño Contra el Cáncer y miembro de la junta directiva del IORC, así como su esposa Luisa Yasiris Guzmán, presidenta de la fundación Tócate RD-Casa de Acogida.

Igualmente, Dilcia Isabel Vargas Sánchez, exesposa de Lora Cruceta, quien se divorció del imputado en 2014 y ocupó la Vicepresidencia, y, a la vez, fungió como auditora interna y externa del patronato que administra al Instituto Oncológico Regional del Cibao cuando el imputado era presidente de la citada ASFL.

Los imputados y las razones sociales Vargas Lora & Asociados (hoy Vargas Guzmán Accounting Center) y la Fundación Tócate RD-Casa de Acogida sustrajeron los fondos mediante distintos mecanismos fraudulentos.

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La Investigación

El Ministerio Público informó que la investigación aborda hechos delictivos como el fraude clínico y farmacéutico mediante el cambio de indicaciones médicas, uso de sellos médicos falsos, doble facturación al SeNaSa y la entrega incompleta de medicamentos.

Además, la prohibición de donaciones gratuitas de medicamentos, la venta de medicamentos donados, el contrabando con exoneraciones fiscales y el tráfico con sustancias controladas.

Asimismo, la utilización de habitaciones del oncológico para realizar cirugías estéticas, el gasto de representación ilegítimos y reembolsos fraudulentos de gastos en viajes y hoteles, así como sabotaje digital, robo de archivos y lavado de activos.

¿Qué analiza el juez?

Cuando el Ministerio Público solicita prisión preventiva, el juez no está obligado a aceptar el pedimento. Debe analizar los elementos presentados por las partes y determinar si se cumplen las condiciones establecidas por la legislación para imponer esa medida.

Entre los aspectos que contempla el régimen procesal se encuentra el peligro de fuga, para cuya valoración pueden considerarse elementos como el arraigo del imputado, su domicilio, residencia, familia, trabajo y las posibilidades de abandonar el país o permanecer oculto. También pueden valorarse la gravedad del hecho atribuido, el daño ocasionado y la eventual pena que podría enfrentar en caso de una condena.

La normativa también contempla circunstancias relacionadas con la protección de la investigación y de las personas involucradas en el proceso. En determinadas condiciones, la prisión preventiva puede estar vinculada a la necesidad de evitar que el imputado destruya pruebas relevantes o ponga en riesgo a víctimas, familiares, testigos o la propia sociedad.

Mientras que el Ministerio Público es el órgano encargado de investigar y ejercer la acción penal pública, por lo que puede solicitar al tribunal la medida de coerción que considere necesaria. Sin embargo, la decisión final corresponde al juez.

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