La Superintendencia de Pensiones (SIPEN) anunció que recurrirá la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que ordena a ese organismo la restitución de valores supuestamente sustraídos a los afiliados a la Administradoras de los Fondos de Pensiones (AFP).
Tras calificar este fallo de injusto y absolutamente contraria al derecho, el superintendente de Pensiones, Ramón Emilio Contreras Genao, precisó que “tal sustracción no se realizó jamás, lo cual se evidencia en los posteriores montos acumulados presentados en las respectivas cuentas de capitalización individual, obedeciendo a las condiciones propias del mercado financiero”.
En una rueda de prensa, se calificó de “absurda” la sentencia 030-2022-SSEN-00327 del TSA, la cual recurrirán ante el Tribunal Constitucional. “En ningún momento estos derechos han sido afectados ni reducidos, ni mucho menos sustraídos los fondos de la cuenta de capitalización individual de los trabajadores afiliados”, dijo la entidad.
Aseguró que siempre han actuado apegados a las leyes y especialmente a las atribuciones propias de sus funciones.
Dijo que las circunstancias retenidas en la sentencia no guardan relación ni son conforme con la realidad de los hechos y mucho menos con la constitucionalidad y legalidad dominante en virtud de varias situaciones.
Entre estas citan que la rentabilidad real de los fondos de pensiones se ha mantenido por encima de la rentabilidad mínima del sistema. “No existe un fondo de pensiones que se encuentre por debajo de la rentabilidad mínima exigida, condición indispensable conforme las disposiciones de la ley, por lo que no existe la posibilidad de que los recursos acumulados en la cuenta Garantía de Rentabilidad… sean utilizados con fines distintos a los que están expresamente establecidos en la ley 87-01”, sostuvo.
Por igual, el abogado Eduardo Jorge Prats consideró que esa sentencia no podrá ser aplicada por ser inconstitucional e informó que sometió un recurso de revisión de este fallo.
Adelantó, además, que la parte recurrente depositará un recurso en suspensión de la aplicación de dicha sentencia, basado en que no se puede restituir a los afiliados de las AFP fondos inexistentes.