El presidente Luis Abinader emitió ayer el decreto 504-20 con el cual varía el horario del toque de queda en todo el territorio nacional que, de lunes a viernes ahora será de 9:00 p.m. a 5:00 a.m., mientras que los sábados y domingos comenzará a las 7:00 p.m. y terminará a las 5:00 a.m., con el propósito de contener los casos de COVID-19 en el país.

La nueva disposición, -con la que se ratifica el uso obligatorio de mascarillas y el distanciamiento físico-, entró en vigencia ayer y se mantendrá hasta el 17 de octubre próximo.

El decreto del presidente Luis Abinader dispone que durante el horario del toque de queda se permitirá la circulación de personas relacionadas con actividades y servicios esenciales, incluyendo personal de salud, tales como médicos, enfermeras, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y farmacéutico; personas afectadas por alguna emergencia médica, personas dedicadas a labores de seguridad debidamente identificadas y miembros de la prensa debidamente acreditados.

Incluidos

También operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales y operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.

De igual forma, las personas que laboren en la industria y el comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo, siempre que porten identificación de una empresa autorizada y pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos, así como empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados, en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos.

Igualmente, empleados de empresas que brinden servicios funerarios, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales; empleados o contratistas de los sectores de hostelería, minería y zonas francas, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales, empleados o contratistas de restaurantes que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos, los cuales podrán circular hasta las 11:00 p.m., exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.

El Metro y el Teleférico agregan más horas

Tras las modificaciones realizadas al horario del toque de queda, la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (Opret) extendió sus programas de servicios a los usuarios.

Los horarios del Metro de Santo Domingo serán hasta la ocho de la noche de lunes a viernes, y los fines de semana hasta las seis de la tarde. El Teleférico laborará de lunes a viernes de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. y los fines de semana de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.

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