En los primeros cuatro meses de este año, 127 personas han fallecido por consumir bebidas adulteradas con metanol, situación que ha sido recurrente y constante, debido a que para este mismo período de 2020, los muertos en territorio nacional sumaban 247 por esa misma causa.

Para hacerle frente a este mal, que ya ha sido declarado por el Gobierno como un tema de seguridad nacional, el Poder Ejecutivo emitió ayer un decreto a través del cual regulará la importación y comercialización del metanol y otras 30 sustancias químicas con las cuales han sido adulteradas las bebidas alcohólicas que han sido letales para cientos de dominicanos.

Se trata del decreto 275-21 que fue dado a conocer durante una rueda de prensa celebrada en el Palacio Nacional, encabezada por la vicepresidenta Raquel Peña, con el cual se consideran sustancias controladas el alcohol metílico (metanol); el alcohol etílico (etanol); el alcohol isopropílico (isopropanol); el alcohol propílico (propanol) y los 26 químicos más.

Certificación para comercializar

A partir de esa disposición, los importadores o comercializadores de los alcoholes antes descritos deberán obtener un certificado de inscripción de Drogas Controladas Clase “B” y presentar una declaración jurada suscrita por el solicitante en la que haga constar el uso que se dará a dichas sustancias.

De igual forma, los importadores de esos alcoholes deberán llevar ante la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), el Ministerio de Salud Pública y la Dirección General de Aduanas (DGA), los coeficientes técnicos que indiquen la relación entre la cantidad de estos precursores importados y el volumen de bienes producidos. También, será responsabilidad de los importadores, entregar ante esas instituciones las muestras para los análisis de rigor y facilitar el acompañamiento o escolta de esos alcoholes a los lugares de destino final a los fines de evitar “fugas”. La escolta se hará de manera aleatoria.

Para comercializar los alcoholes ahora controlados, hay que ser una persona jurídica, registrada de conformidad con la normativa vigente en la República Dominicana, para lo cual hay que presentar un certificado de Registro Mercantil vigente, Registro Industrial vigente (en caso de que sea industria) y certificación de inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).

Desnaturalizar los alcoholes

Desde ahora, el metanol, el etanol, el isopropanol y el propanol deberán ser desnaturalizados como un requisito obligatorio e indispensable previo a la comercialización en el mercado nacional o a su exportación. Este proceso deberá hacerse en la fábrica (en el caso de los productores nacionales), en la planta de destino, en la terminal del importador o bajo alguna de las modalidades de regímenes de depósito o empresas operadoras logísticas autorizadas por la DGA, según establece el decreto.

La desnaturalización de los alcoholes deberá ser de la manera siguiente: al metanol deberá agregársele 10 gramos de benzonato de denatonio por cada 1,000 kilogramos; o 10 % de tolueno; al alcohol isopropílico se le agregarán 10 gramos de benzonato de denatonio por cada 1,000 kilogramos y al alcohol propílico deberá agregársele 10 gramos de benzonato de denatonio por cada 1,000 kilogramos o 20 % de acetato de propilo o 20 % de acetato de etilo.

Un certificado de libre circulación

Una vez completada la desnaturalización en fábrica, dice el decreto 2475-21, la DNCD expedirá un Certificado de Libre Circulación que será indispensable para transportar y comercializar estos tipos de alcoholes. Cuando la desnaturalización sea bajo alguna de las modalidades a destino, en la planta o en la terminal del importador, la DGA es quien emitirá el permiso de circulación.

Los que quieran comercializar estos alcoholes tienen, de igual forma, que demostrar que esos disolventes se van a utilizar exclusivamente como materias primas o insumos, además de contar con una inspección previo al otorgamiento de la licencia de la DNCD que certifique que la empresa de que se trate cuenta con las medidas de control de acceso a los almacenes donde se deben depositar los precursores o sustancias controladas importadas. Las minutas e informes que resulten de esas visitas serán de carácter público y serán colocadas en la página web de la DNCD.

Incautan 2,141 galones de alcohol y apresan a 34

El ministro de Industria y Comercio, Víctor (Ito) Bisonó, quien tuvo a su cargo las palabras del acto, informó que durante las jornadas realizadas para combatir el ilícito de adulterar las bebidas, las autoridades han decomisado 2,141 galones de alcohol adulterado, desmantelado cuatro fábricas y apresado 34 personas. El funcionario advirtió que el Gobierno tendrá tolerancia cero con esta práctica, por lo que arreciarán los operativos en el país con nuevas medidas y disposiciones legales para decomisar las bebidas alcohólicas adulteradas. Recordó la creación de dos mesas de trabajo, una para la implementación de un programa de inteligencia y trazabilidad en la cadena de importación y comercialización de metanol bajo la coordinación de la Dirección General de Aduanas, en la que participan la DNCD, la DGII, el DNI, la Procuraduría General de la República y demás organismos de inteligencia del Estado. Mientras que la segunda servirá para intensificar y coordinar operativos en fábricas y comercios en todo el territorio nacional para intervenir la comercialización de alcohol adulterado o donde se vendan productos que no cumplan con la normativa vigente, procediendo con al cierre provisional.

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