La Dirección Nacional de Elecciones de la Junta Central Electoral (JCE) recomendó al Pleno del organismo asumir como criterio para la aplicación del artículo 61 de la Ley 33/18 el mayor porcentaje obtenido por los partidos en cualquier nivel de elección en las elecciones del 5 de julio del 2020.
Según el documento contentivo de la opinión del director Nacional de Elecciones, Mario Núñez, la razón por la que recomendó adoptar esa decisión fueron las circunstancias adversas en que los partidos concurrieron a esas elecciones “lo que dificultó de manera determinante el accionar de los partidos y sus candidatos”. Puntualiza el análisis que ese criterio ya había sido adoptado en el 2000. “Entendemos que podemos mantener una distribución de los segmentos electorales a partir de los porcentajes obtenidos y además, se reconoce el desempeño electoral en la mejor expresión de la aprobación del electorado, aún en condiciones excepcionales como fueron las elecciones del 5 de julio del 2020”, dijo.

Núñez tiene una amplia experiencia en materia electoral con 23 años ininterrumpido en la JCE y ocupa ese cargo desde el 2016 y antes fue subdirector.

La opinión de Núñez coincide con la de la miembro titular, Dolores Fernández, que en su voto disidente sostiene que la JCE debió aplicar el criterio de la mayor votación obtenida por nivel ya que es lo que cumple con el criterio de favorabilidad que establece el artículo 74.4 de la Constitución.

En base a ese criterio, Fernández sostiene que cuatro partidos se benefician del 80% de los recursos; ocho del 12% y los restantes del 8%, lo que genera una distribución más equitativa. En cambio el criterio que aprboó el Pleno solo beneficia a dos partidos del 80% y 5 del 12%.

Ayer, unos 15 partidos políticos depositaron en la Junta Central Electoral (JCE) un recurso de reconsideración sobre el reglamento para la distribución de los recursos económicos debido a que entienden que el órgano electoral no aplicó un criterio de favorabilidad que manda el artículo 74 de la Constitución en la aplicación del artículo 61 de la Ley 33/ 18.

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