La Cámara de Diputados aprobó ayer en segunda lectura y convirtió en ley el proyecto que modifica los artículos 14, 19 y 20 de la Ley 498, que crea la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (Caasd), para actualizar el sistema de compras y contrataciones de la Caasd.
La legislación del Poder Ejecutivo y refrendada en el Senado tiene por objetivo regular lo relativo al régimen laboral de los empleados, actualizar el sistema de compras y contrataciones y viabilizar la aprobación del régimen de tasas y tarifas de la institución.
Según la nueva pieza, el Consejo de Directores de la Caasd elaborará un reglamento interno de contratación pública, en el que elaborará procedimientos especiales, “en estricto cumplimiento” de la Ley de Compras, sus modificaciones y su reglamento de aplicación 416-23, estableciendo procedimientos para la adquisición de insumos, materiales y repuestos requeridos por la Corporación, dentro del ámbito de las funciones y competencias que les han sido atribuidas por su ley orgánica y normativa aplicable, de acuerdo al artículo 19.
El reglamento deberá tener el visto bueno de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas para poder ser implementado. La ley en vigencia no establece tal requisito.
La Ley actual, la 498, en su artículo 19, indica: “La Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (Caasd) contratará, por el sistema de concursos, la ejecución de las obras que deberá realizar en conformidad con la ley vigente sobre la materia. Excepcionalmente por disposición del Consejo de Directores, podrá ejecutarlas directamente. Para la adquisición de bienes y servicios, por concurso, el Consejo de Directores dictará los reglamentos que correspondan”.
Artículos 14 y 20
El nuevo artículo 20 deja fuera al Poder Ejecutivo para que dé el visto bueno en la reglamentación por parte de la Caasd de todas las condiciones de prestación de sus servicios y fijación de las tarifas y cargos que deben cobrarse por los servicios o facilidades rendidos por la Corporación. Ahora, en lugar del Ejecutivo, será el Consejo de Directores quien aprobará la reglamentación.
El artículo 14 de la nueva ley establece que, en lo adelante, el régimen laboral de la Caasd, quedará regulada por el estatus de la Función Pública establecido por la Ley 41-08.
La legislación pasará al presidente de la República para su promulgación u observación.
Para ponerla acorde con nueva realidad jurídica
Una de las razones para adecuar la Ley 498-13, de acuerdo al Gobierno, es para ponerla en consonancia con la nueva realidad jurídica, ya que han transcurrido más de 50 años desde la promulgación de la legislación que crea la Caasd, tiempo en el que las instituciones de la administración pública han experimentado profundos cambios en su régimen de organización y funcionamiento, en especial con la entrada en vigor de la Ley 41-08 y otras.
