La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) cuestionó la sentencia del Tribunal Superior Administrativo que ordena la devolución de fondos descontados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) por considerar que se hizo una supuesta sustracción de fondos de las cuentas de capitalización individual de los afiliados.

Afirma que el tribunal no hizo una correlación correcta y precisa entre las disposiciones que sustentan su decisión y los hechos fácticos que caracterizan el caso.

“El TSA inobservó que la reducción proyectada en el rendimiento acumulado se debió a la devaluación del peso dominicano sobre el dólar, lo que generó que el saldo presentado en el mes de febrero sea menor que el indicador en meses anteriores”, dice el comunicado publicado en espacio pagado.


Más consideraciones

Afirma que la sentencia es profundamente criticable porque inobserva los precedentes sentados por el Tribunal Constitucional con respecto a la naturaleza jurídica de la acción de amparo de cumplimiento y desconoce las garantías que componen el derecho fundamental al debido proceso, así como el contenido esencial del derecho a la seguridad social, establecidos en la Constitución.

Dice que el TSA hace una ponderación de legalidad ordinaria sobre la administración de los fondos de pensiones, es decir, efectúa apreciaciones declarativas sobre el derecho de propiedad de los afiliados y, al mismo tiempo, cuestiona la legalidad de las actuaciones de las AFPs afirmando que éstas efectivamente realizaron deducciones de las cuentas de capitalización individual.

“La primera sala del TSA no realizó una correlación concreta y precisa entre las disposiciones normativas que sustentan su decisión y los hechos fáticos que caracterizan el caso. Todo ello supone, como es sabido, una violación al artículo 69 de la Constitución”, refiere la Finjus.

Pero por si fuera poco, continúa diciendo, la sentencia también vulnera el artículo 60 de la carta magna, “pues si se entiende que el derecho a la seguridad social es la prerrogativa que asiste a todo dominicano de gozar de protección y asistencia social ante el desgaste natural de su capacidad productiva, o bien ante hechos involuntarios e imprevistos que mermen su estatus laboral y económico, entonces es evidente que, al habilitar la devolución de fondos a los afiliados accionantes, la sentencia en cuestión, expone a todo el régimen de pensiones a ataques sistemáticos que ponen en jaque su estabilidad”.

Costó tiempo y madurez el sistema de pensiones

Costó tiempo y mucha madurez lograr el establecimiento de un sistema de pensiones como el que actualmente rige en el país.

Costó tanto, precisamente, porque la intención fue pasar del anterior sistema de reparto, primo hermano de la desigualdad social, a un sistema de acceso universal, estable y garantista, que es el que favorece la ley 87-01, dice el comunicado que emite la Finjus.

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