El Senado declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas el proyecto de Ley Especial Transitoria para la terminación de obras públicas inconclusas y de alta prioridad.
La normativa tiene por objeto permitir y garantizar que las obras de construcción de escuelas, hospitales y obras viales que se encuentran suspendidas por falta de partidas presupuestarias que permitan la cubicación, con carácter transitorio, debido a que las mismas superan el 25 % del monto inicial contratado o aquellas que no han iniciado, puedan ser concluidas por el ente contratante, previo informe del Ministerio de Obras Públicas. La entidad contratante tendrá la facultad, sin perjuicio de las condiciones en la documentación contractual, de modificar, disminuir o aumentar el contrato original de la obra, siempre y cuando se mantenga el objeto o se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el proceso de contratación y esa sea la única forma de satisfacer el interés público.

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