La entidad dijo a elCaribe que no los tiene registrados ni los fiscaliza porque la ley de Seguridad Social no le da facultad

En medio de la crisis y cuestionamientos surgidos al sistema de pensiones de la República Dominicana, en donde una gran cantidad de enfermeras y otros empleados públicos no han podido acceder a las pensiones por vejez y antigüedad en el servicio, la Superintendencia de Pensiones (Sipen) hace unas declaraciones que debe de llamar la atención de los futuros pensionados: los planes particulares “no se encuentran registrados ni supervisados por la Sipen”.

El órgano llamado a velar porque los trabajadores privados y públicos puedan hacer uso de los recursos que tienen para su previsión, así como por el buen funcionamiento de los fondos de pensiones creados mediante leyes específicas o planes corporativos, admite que no tienen ninguna información de cómo estas operan ni el estatus de sus reservas a fin de determinar si son o no viables.

“Dichos planes de pensiones no se encuentran registrados ni supervisados por la Sipen ya que sus marcos normativos no lo contemplan, y tampoco facultan a esta Superintendencia a fiscalizarlos”, respondió por escrito a elCaribe, el director de la Sipen, Ramón Contreras Genao al cuestionarle sobre su actuación en lo que respecta a los planes de pensiones particulares.

La entidad afirma que los fondos o planes de pensiones de instituciones del Estado existentes, han sido creados por leyes especiales previas a la promulgación de la ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, sin embargo, expertos en la materia explicaron a este diario que varios planes de pensiones fueron creados posterior a la entrada en vigencia de la seguridad Social en el año 2001.

“Los sistemas de pensiones creados por instituciones estatales se encuentran amparados en las propias leyes que les dieron su origen, por lo que cada uno de ellos posee diferentes mecanismos de gestión, financiamiento y prestaciones, bajo un esquema de reparto con beneficios definidos”, refirió al pedir establecer la diferencia entre las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y las pensiones particulares.

Al hacer una revisión de los planes no vinculadas a AFP se puede observas que para pensionar a jueces de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, esa institución desembolsó el pasado mes de octubre RD$ 6,632,696.62, solo para catorce magistrado cuyas pensiones fueron aprobadas entre los años 2011 y 2019. Los jueces sustituidos en marzo 2019 por el Consejo Nacional de la Magistratura no figuran en esa data.
También es propio destacar que esos recursos, se suman a los destinados a los cientos de jueces y personal administrativo o sus dependientes.

La Junta Central Electoral, al 31 de agosto de 2020, según la más actualizada data que tienen colgados en el portal de transparencia, pagó RD$10,212,914.25 en jubilación a 424 exempleados y sus sobrevivientes. Esas pensiones van de RD1,333.00 hasta RD$318,750. Este último salario corresponde al expresidente de esa entidad, Roberto Rosario Márquez.

En el trimestre Julio – Septiembre del 2021, según el Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (Inabima), unos 1,414 docentes se beneficiaron con el Plan de Retiro Complementario Recapitalizable (PRCR) y eso tuvo un monto total de RD$950,709,911.50. El monto promedio por maestro es de RD$672,355.

Las estadísticas de los pensionados del Constitucional y del Congreso Nacional no fueron posibles de localizar en los portales de transparencia de esas dependencias.

El director de la Sipen explicó que las Administradoras de fondos de Pensiones (AFP) son un esquema de aportaciones basadas en cuentas de capitalización individual, donde las prestaciones dependerán de los recursos que cada afiliado haya podido acumular de manera individual en su etapa activa, y que en cambio, los sistemas de pensiones creados por instituciones estatales, se encuentran amparados en las propias leyes que les dieron su origen, por lo que cada uno de ellos posee diferentes mecanismos de gestión, financiamiento y prestaciones, bajo un esquema de reparto con beneficios definidos.

¿Quién le pondrá el cascabel al gato?

Las afirmaciones de Ramón Contreras son contrariadas por el redactor de la Ley del Sistema de Seguridad Social Dominicano y experto en Seguridad Social y economista, Arismendi Díaz Santana, y la exdirectora de Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Nélsida Marmolejos, quienes consideraron que la entidad se ha hecho de la vista gorda ante una situación que puede traer consecuencias graves para los más pobres.

Díaz Santana, explicó que los planes de pensiones particulares, además de ilegales, porque el SDSS es universal y obligatorio para todos, engendra muchos privilegios, “que pagaremos todos los contribuyentes”, aún los más pobres porque pertenecen a instituciones autónomas y descentralizadas, que otorgan pensiones muy elevadas y se financian con cargo al presupuesto nacional.

Ramón Contreras dijo que la naturaleza mixta del sistema dominicano de pensiones permite la coexistencia de diferentes tipos de fondos y/o planes de pensiones, sujetos a los lineamientos establecidos en la ley 87-01 y las normas complementarias, sin embargo, Díaz Santana afirmó que estos no son sostenibles porque otorgan beneficios muy superiores a las aportaciones, cuya diferencia se convertirá en un déficit en contra de los contribuyentes.

“La Sipen ha observado una actitud totalmente indiferente y cómplice, como la gran mayoría de las instituciones públicas.
Nadie quiere asumir la responsabilidad de ponerle el cascabel al gato. Siempre he sostenido que el Estado Dominicano es uno de los mayores generadores de desigualdad social”, refirió el experto en la materia.

En tanto que Marmolejos fue enfática en establecer que ese organismo sí tiene que supervisar esos planes ya que todo lo que son fondos de pensiones tienen que estar, puesto que ese es el órgano que los rigen.

“Ellos no pueden intervenir… La Sipen trazó línea con relación a los trabajadores de la construcción porque la ley dice que si no se ajustan a los beneficios, quedan disueltos”, enfatizó al recordar que el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción, el Instituto Dominicano de la Seguridad Social, el de la Policía Nacional, Cámara de Cuentas, entre otras, desaparecieron debido a lo que establece la normativa vigente en el país.

¿Cuántos son?

En la actualidad es difícil, por no decir imposible, determinar con exactitud cuáles y cuántas instituciones públicas o privadas tienen sus propios sistemas de pensiones, ya que la Superintendencia afirma que no los regula ni sabes cuántas son y tampoco lo saben a ciencia cierta, la mayoría de las personas que abogan por mejorar el sistema dominicano.

Nélsida Marmolejo, exdirectora de la DIDA, explica que esos planes particulares, algunos creados después de la ley 89-01, debilitan al Sistema Dominicano de Seguridad Social porque las personas que tienen mayores ingresos económicos no cotizan en él.

“Lo afecta por lo siguiente: la mayoría de esos planes de pensiones son de sectores que tienen más ingresos y entonces, la solidaridad desde el punto de vista de robustecer un plan no se da porque hay un discrimen de una población que gana menos, que es la que está en la seguridad social”, refiere Marmolejo al ser cuestionada sobre el particular.

La pasada semana, el Ministerio de Educación anunció un aumento del presupuesto para que el Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (Inabima) pueda incrementar el monto de las pensiones a los maestros. Esto luego de que el defensor del Pueblo emplazara a esa entidad a dar respuesta a los reglamos hechos por las asociaciones de maestros jubilados y pensionados.

Tribunal Constitucional sería juez y parte

Estos planes constituyen privilegios y discriminación, sin embargo, los más vulnerables no encontrarían la justicia que la diosa Temis procura: los jueces ordinarios, los de altas cortes como el Tribunal Constitucional son de los beneficiarios de esos privilegios.

“Claro que sí. Es un privilegio mayúsculo. Inadmisible en un Estado de derecho, que realmente luche contra los privilegios y promueva la igualdad de oportunidades. Legalmente podría ser recurrido ante el Tribunal Constitucional, pero esa entidad también forma parte del entramado de privilegios y de beneficios desproporcionados”, afirmó Arismendi Díaz.

En el informe presentado por Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), titulado “Los sistemas de pensiones en la encrucijada”, refiere que la sostenibilidad de los sistemas de pensiones está vinculada al concepto de solvencia, es decir, a la capacidad de los sistemas para enfrentar sus obligaciones o cumplir los compromisos de cobertura y suficiencia de las prestaciones de forma indefinida (varias generaciones) sin dejar de ser solventes.

Señala que en la región, el modelo sustitutivo de pensiones se ha implementado en cinco países: Chile (1981), México (1997), el Estado Plurinacional de Bolivia (1997), El Salvador (1998) y la República Dominicana (2003) y que en los últimos diez años, en la mayoría de los países en que se implementó ese modelo, el sistema se ha reformado o se está debatiendo la posibilidad hacerlo, en especial por la insuficiencia de las prestaciones y la escasa cobertura.

36,467
Pensiones AFP: El Sistema Dominicano de Pensiones entregó, al 30 de septiembre de este año, 36,467 millones de pesos a través de distintas modalidades, refiere un informe de la Sipen.

4,355,732
Datos de Sipen: Al 30 de septiembre de 2021, el Sistema Dominicano de Pensiones contó con una población afiliada de 4,355,732 personas según el último reporte trimestral de la entidad

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