TSE conoció caso de los partidos que no obtuvieron el 1%

El Tribunal Superior Electoral (TSE) otorgó un plazo de 10 días para escrito justificativo de conclusiones a las partes en el Recurso Contencioso Electoral en la “Demanda en Nulidad de Personería Jurídica de los partidos minoritarios que no obtuvieron el 1% en las elecciones del 2024”.

Los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán, Jueces Titulares, dispusieron que vencido el plazo la instancia fue interpuesta por el Proyecto Visión Nación (PVN) y José Cristopher Ramirez, contra 33 organizaciones políticas, quedará en fallo reservado.

Los accionantes solicitan que el Tribunal ordene a la Junta Central Electoral aplicar de manera estricta el artículo 75 de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, al considerar que esa disposición establece de forma expresa las consecuencias jurídicas para las organizaciones que no alcanzan el porcentaje mínimo de sufragios.
Mientras la Junta Central Electoral pide inadmisibilidad de la demanda.

Sobre la demanda

Los demandantes sostienen que su objetivo es preservar la integridad y racionalidad del sistema de partidos, evitando que organizaciones sin el respaldo popular mínimo continúen disfrutando de las prerrogativas y recursos públicos que la ley reserva para aquellas que acrediten la representatividad requerida.

Argumentan que cualquier interpretación administrativa, resolución o criterio técnico que modifique, retrase o flexibilice su aplicación vulnera el principio de legalidad y altera el equilibrio del sistema democrático.

En otra audiencia el Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible la acción de amparo contra del Partido Humanista Dominicano (PHD), Ramón Emilio Goris Taveras y la Comisión Electoral de la VII Convención Nacional Ordinaria de esa organización política.

Conoció casos sobre el PRM y Fuerza del Pueblo

El TSE otorgó una prórroga para la comunicación recíproca de documentos en el expediente correspondiente a la “Acción sobre falta de la Dirección Municipal del Partido Revolucionario Moderno (PRM), en el municipio de Sabana Iglesia” y acogió el desistimiento de una demanda interpuesta contra el Partido Fuerza del Pueblo (FP) y su Comisión Especial de Reservas y Consenso por una situación en el municipio de La Victoria.

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