Una vez completado el proceso de inscripción de candidatos y haber transcurrido un día de ese proceso, a la Junta Central Electoral (JCE) le quedan cuatro días para decidir sobre todas las propuestas de candidaturas que depositaron el martes los partidos políticos de cara a los comicios presidenciales y congresionales del 17 de mayo.

La Ley 15-19 establece que la JCE tiene la obligación de reunirse dentro de los cinco días siguientes a la presentación de las propuestas y declarar la admisión o no de estas, según se compruebe que se ajustan a todas las disposiciones pertinentes de la Constitución y las leyes.Luego de que el órgano comicial admita o rechace las candidaturas, le corresponde comunicar al organismo directivo de la agrupación o partido que ha presentado la propuesta la resolución que emane del organismo en un plazo de 24 horas y deberá publicar dicha decisión 48 horas después de tomarla.

No pueden retirarse ni rectificarse

De acuerdo al párrafo 1 del artículo 146 de la Ley 15-19, una vez admitida una candidatura, esta no podrá ser retirada ni rectificada por el partido o la agrupación que la hubiere presentado, salvo el caso de que uno o varios de los candidatos (as) comprendidos en ella renunciaren, fallecieren, quedaren incapacitados o fueren declinados. En esos casos, dice la Ley, la nueva propuesta podrá ser hecha por el organismo directivo correspondiente del partido o la agrupación que sustente la propuesta y la Junta Central Electoral conocerá de ella en forma sumaria y sin lugar a recurso alguno.

El artículo 145 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral estipula que las resoluciones que dicte la Junta Central Electoral únicamente podrán ser recurridas en revisión por ante el propio órgano comicial. Posterior a eso, corresponderá a la JCE fallar las apelaciones en dentro de los 5 días.

Plazo para inscripción cerró el pasado martes

El pasado martes, cerró el plazo para la presentación de propuestas de candidaturas de los niveles Presidenciales, Senatoriales, de Diputados por demarcación territorial, de Diputados Nacionales por acumulación de votos, de Diputados representantes de la Comunidad Dominicana en el Exterior y de los Representantes ante parlamentos internacionales (Parlacem).

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