La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) rechazó un recurso de casación interpuesto por el Hospital Dr. Ney Arias Lora contra una sentencia que condena al centro a pagar 10 millones de pesos a un paciente al que le amputaron una pierna a causa de una bacteria que contrajo en ese centro.

Como consecuencia de unos procedimientos quirúrgicos realizados en el citado centro médico, el paciente Félix Julián Encarnación Feliz incoó una demanda en responsabilidad patrimonial que tuvo como resultado una sentencia emitida el 31 de marzo de 2023 de la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo.

El dictamen acogía parcialmente la demanda de Encarnación Feliz y condena al Hospital Traumatológico DR. Ney Arias Lora al pago de diez millones de pesos a favor del demandante por los daños materiales y morales sufridos por la actuación cometida en su perjuicio.

El centro médico también deberá pagar un interés judicial del 1.5 % mensual sobre las sumas indicadas previamente a título de indemnización compensatoria, a partir de la fecha de esta sentencia.

Asimismo, condena al Hospital al pago de la suma que resulte de la liquidación en favor de Encarnación Feliz por los daños correspondientes por la amputación y prótesis de la pierna derecha.

La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, que emitió su decisión el pasado 31 de enero, señaló que los centros de salud tienen la obligación de crear las condiciones de seguridad y adoptar las medidas necesarias para prevenir que los pacientes ingresados en sus instalaciones sufran accidentes, infecciones o enfermedades diferentes de las que motivaron su hospitalización.

La sentencia indica que los protocolos están relacionados con el transporte adecuado de los enfermos, la dotación apropiada de infraestructura, la limpieza y esterilización.

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